Art. 117 LOPCYMAT
acciones u omisiones del
empleador, generan
Responsabilidad
Administrativa
Infracciones
Leves Art.
118
LOPCYMAT
Multa de
hasta 25 U.T.
por cada
trabajador
expuesto
Graves Art.
119
lopcymat
Multa de 26
a 75 U.U.por
cada
trabajador
expusto
Muy
graves Art.
120
LOPCYMAT
Multa de 76 a
100 U.T. por
cada
trabajador
expuesto
Art. 78 LOPCYMAT Categorías
de daños generan distintas
prestaciones dinerarias según
la gravedad
Discapacidad
temporal. Art. 79.
Discapacidad
parcial o
permanente.
Art. 80,
Discapacidad
total
permanente
para el
trabajo
habitual. Art.
81.
Discapacidad
absoluta
permanente
para cualquier
tipo de
actividad. Art.
82.
Gran
discapacidad.
Art. 83.
Muerte del
trabajador.
Art. 85.
Responsabilidad subjetiva y penal del empleador
Arts. 130 y 131 LOPCYMAT establecen indemnizaciones
en caso de ocurrencia de un accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional, así como las sanciones
penales según los supuestos establecidos en el artículo
78
Salario de 5
a 8 años en
caso de
muerte del
trabajador
De 8 a 10 años de
prisión
Salario de 4 a
7 años en caso
de
discapacidad
absoluta
permanente
para cualquier
tipo de
actividad.
De 5 a 8 años de prisión
Salario de 3 a 6
años por
discapacidad
permanente
para el trabajo
habitual
De 4 a 7 años de prisión.
Salario de 2 a 5
años por
discapacidad parcial
permanente
mayor del 25%
de su
capacidad física
e intelectual.
Dos años de prisión
Salario de 1 a 4
años por
discapacidad
parcial
permanente de
hasta el 25 de
su capacidad
física e
intelectual
Dos años de prisión
El doble del
salario
correspondiente
a los días de
reposo en caso
de discapacidad
temporal.
Discapacidad para resalizar los
actos de la vida diaria, de 5 a 9
años de prisión
Discapacidad temporal para realizar
los actos elementales de la vida
diaria.