IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD

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IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD
  1. Es un nuevo impuesto creado a partir del 1 de enero de 2013 como aporte de las sociedades y personas jurídicas y asimiladas en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo y la inversión social en los términos de la ley 1607 DE 2012.
    1. El periodo gravable es de un año. Inicia el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
      1. ¿Por qué se causa el impuesto? Por la obtención de ingresos susceptibles de generar aumento en el patrimonio.
        1. ¿Qué plazo tengo para declarar y pagar el CREE? El plazo para declarar y pagar es el definido en el Decreto 2972 de 2013, modificado por el Decreto 214 de 2014. El CREE se pagará en dos cuotas iguales así, de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación: La declaración y pago Primera Cuota 50%: Inicia 14 de abril y termina 27 abril de 2015. Pago de la Segunda cuota 50%: Entre el 10 de junio y 24 junio de 2015.
          1. ¿Cómo declaro el CREE y su sobre tasa ? Las Personas Jurídicas están obligadas a declarar virtualmente, por lo tanto la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE se presentará a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.
            1. ¿Cuál es la periodicidad en la presentación y pago de las autor retenciones del impuesto CREE y su sobretasa ? Los contribuyentes autor retenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración mensual de retención en la fuente a título de CREE, y para los que sus ingresos brutos sean inferiores a este tope su presentación será cada cuatro meses, la presentación y pago será de acuerdo con el último dígito del NIT del autor retenedor, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación y las fechas figuran en el decreto 2972 de 2013.
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