PREPARACIONES MAGISTRALES.Normas legales vigentes.

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jhonny ferney echavarria taborda
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jhonny ferney echavarria taborda
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PREPARACIONES MAGISTRALES.Normas legales vigentes.
  1. Referencias Bibliográficas: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf.
    1. Referencias Bibliográficas: https://www.invima.gov.co/documents/20143/453029/Resoluci%C3%B3n+1403+de+2007.pdf/6b2e1ce1-bb34-e17f-03ef-34e35c126949
      1. Referencias Bibliofráficas:Sanz Cillero, A. (2013). Manual elaboración de fórmulas magistrales, preparados oficinales, dietéticos y cosméticos: formación para el empleo. Madrid, Spain: Editorial CEP, S.L. Recuperado de: https://elibro-net.bibliotecavirtual.unad.edu.co/es/ereader/unad/50521?page=47
        1. Referencias Bibliográficas: Presidencia de la República. (2016, 6 de mayo). Decreto 780 de 2016. Decreto único. Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. http://legislacion.vlex.com.co/vid/decreto-780-2016-medio-774031625
          1. Referencias Bibliográficas:Ministerio de la protección social (2007, 14 de mayo). Resolución 1403 de 2007. Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y otras disposiciones. Recuperado de:https://app-vlex-com.bibliotecavirtual.unad.edu.co/vid/modelo-farmaceutico-esenciales-procedimientos-50457567
            1. IMÁGENES TOMADAS DE INTERNET: http://farmaciaconstitucion.com/services/formulas-magistrales-2/
              1. IMÁGENES TOAMADAS DE INTERNET: http://www.farmaciareccius.cl/
    2. Normas legales que regulan las preparaciones magistrales: por Jhonny Ferney Echavarria Taborda. Grupo: 152001_41
      1. DECRETO 2200 DE 2005. 28 DE JUNIO.
        1. L a relevancia de dicho documento, radica en las leyes y disposiciones a tener en encuenta, en la prestación del servicio farmacéutico y las buenas práctica en el ejercicio de distribución , comercialización y preparación de preparados magistrales y dispensación de sustancias y medicamentos que contribuyan al mejoramiento de la salud tanto individual como colectivo.asimismo, rige las funciones del Químico Farmacéutico, Tecnólogo en Regencia de Farmacia y auxiliare s de farmacia. Teniendo en cuenta que dicho decreto ha sido modificado el el DECRETO 2330 DE 2006 JULIO 12, "Preparación magistral. Es el preparado o producto farmacéutico para atender una prescripción médica, de un paciente individual, que requiere de algún tipo de intervención técnica de variada complejidad. La preparación magistral debe ser de dispensación inmediata”. Referencia bibliográficas https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/Decreto-2330-de-2006.pdf
        2. DECRETO 1737 DE 2005
          1. Por el cual se reglamenta la preparación, distribución, dispensación comercialización, etiquetado, rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos, magistrales y oficinales y otras disposiciones. Referencias Bibliográficas https://www.invima.gov.co/documents/20143/453029/Resoluci%C3%B3n+1403+de+2007.pdf/6b2e1ce1-bb34-e17f-03ef-34e35c126949
          2. DECRETO 780 DE 2016, MAYO 6
            1. Declarado por ala presidencia de la república, como el encargado de velar pro el buen funcionamiento y el cumplimiento de los objetivos en el sector salud y protección social, donde se exponen todos los conceptos sobre el servicio farmacéutico sus funciones y prohibiciones del personal encargado del servicio, los cuales son regido por las normas vigentes en los procesos de: Recepción y almacenamiento; Dispensación; Preparaciones magistrales, regidas según el nivel de complejidad del servicio. Referencias Bibliográficas:https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf
            2. RESOLUCIÓN 1403 DE 2007, MAYO 14.
              1. Resolución por la cual se reglamentan toda la gestión que debe llevar acabo el servicio farmacéutico, las condiciones especiales que deben presentar para el servicio de la salud. teniendo como relevante los criterios administrativos y técnicos a queden lugar, grados de complejidad y las buenas prácticas en el servicio farmacéutico con los protocolos para la preparaciones magistrales y otras actividades del servicio farmacéutico. REferencias Bibliográficas: https://www.invima.gov.co/documents/20143/453029/Resoluci%C3%B3n+1403+de+2007.pdf/6b2e1ce1-bb34-e17f-03ef-34e35c126949
              2. LEY 485 DE 1998, DICIEMBRE 21
                1. “La presente ley tiene por objeto regular la profesión del Tecnólogo en Regencia de Farmacia, perteneciente al área de la salud. Con el fin de asegurar que su ejercicio se desarrolle conforme a los postulados del Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, a los reglamentos que expidan las autoridades públicas a los principios éticos, teniendo en cuenta que con ellos contribuye al mejoramiento de la salud individual y colectiva”. Ley 485(1998).Donde se dictan las funciones que se presentan a cargo del Químico Farmacéutico en apoyo con el Regente de Farmacia.
                  1. Dentro de una de las funciones que deben cumplir el Tecnólogo en Regencia de Farmacia con respecto a la actividad en curso sobre preparaciones magistrales es: El papel del Regente de farmacia Resolución 1407 de 2007 " El tecnólogo en regencia de farmacia podrá realizar preparaciones magistrales de uso tópico tales como: Polvos, ungüentos, pomadas, cremas, geles, lociones en ningún caso podrá elaborar mezclas de nutrición parental y de medicamentos oncológicos, preparaciones estériles, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos oncológicos y demás medicamentos para cumplir con las dosis prescritas, radiofármacos, las que deben ser elaboradas por un Químico Farmacéutico". Referencias Bibliográficas: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf
                    1. Y dentro de la prohibiciones estarán:
                      1. ARTÍCULO 20 DECRETO 2200 DE 2005. Prohibiciones del Tecnólogo en Regencia de Farmacia y dispensadores: adulterar o modificar en cualquier forma la prescripción, cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita; Dispensar medicamentos adulterados o fraudulentos; Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña, recomendar la utilización de los medicamentos, tener muestras medica para comercializar con ellas, Referencias Bibliográficas: https://www.invima.gov.co/documents/20143/453029/Decreto-2200de-2005.pdf/272bc063-41bd-7094-fc8f-39e5e8512d95?t=1541014861533
                2. IMÁGENES TOMADAS DE INTERNET: http://farmaciaconstitucion.com/services/formulas-magistrales-2/
                  1. IMÁGENES TOAMADAS DE INTERNET: http://www.farmaciareccius.cl/
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