INFORMACION EXOGENA

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La Información Exógena es una mecanismo que utiliza la DIAN para tener el control de las personas naturales y jurídicas sobre sus ingresos o su patrimonio bruto.
Luisa Fernanda Forero Zota
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Luisa Fernanda Forero Zota
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INFORMACION EXOGENA
  1. ¿QUE ES?
    1. La información exógena corresponde a la integralidad de datos que deben presentar las personas naturales y jurídicas ante la DIAN, con respecto a sus transacciones y operaciones que involucren terceros.
    2. ¿QUIENES DEBEN PRESENTAR?
      1. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación con organismos internacionales.
        1. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
          1. Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa
            1. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000); y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
              1. Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2020 o en el año gravable 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000)
                1. Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas (IVA) y Timbre, durante el año gravable 2021.
                  1. Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
                    1. Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración tales como, consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas
                      1. Los entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado, contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio
                        1. Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional.
                          1. Los obligados a presentar estados financieros consolidados.
                            1. Las Cámaras de comercio
                              1. La Registraduría Nacional del Estado Civil.
                                1. Los Notarios con relación a las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus funciones.
                                  1. Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes
                                    1. Las autoridades catastrales
                                      1. Los responsables del Impuesto Nacional al Carbono.
                                        1. Las entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas.
                                          1. Las alcaldías, los distritos y las gobernaciones.
                                          2. NORMATIVIDAD
                                            1. La resolucion 000098 del 28 de octubre de 2020 tiene toda la informacion a detalle de la informacion exogena destinada para el año 2021

                                              Annotations:

                                              • https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%c3%b3n%20000098%20de%2028-10-2020.pdf
                                            2. SANCIONES
                                              1. En el articulo 651 del Estatuto Tributario Nacional especifican las multas por no presentar los documentos solicitados por las entidades encargadas
                                                  1. Si no se tiene una base se cobra 0.5% sobres los ingresos netos o sobre el patrimonio bruto del contribuyente.
                                                1. ELABORACION
                                                  1. 1: verifique si está obligado
                                                    1. 2: identifique la fecha máxima para la presentación del reporte
                                                      1. 3: requerimientos previos
                                                        1. 8: valide y cargue los archivos
                                                          1. 10: corrija si es necesario
                                                            1. 4: estudie las novedades
                                                              1. 5: determine qué formatos le corresponde reportar
                                                                1. 9: consulte nuevamente la información
                                                                  1. 7: diligencie los borradores de los formatos en Excel
                                                                    1. 6: extraiga la información de la contabilidad
                                                                    Show full summary Hide full summary

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