El Derecho de Autor es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos morales y
patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución del Ecuador y la
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Las obras protegidas comprenden
novelas, poemas, obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases de
datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos, fotografías,
obras escultóricas, obras arquitectónico, publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras de
arte aplicadas a la industria.
¿Cómo se protege el Derecho de Autor?
El Derecho de Autor protege la obra por el solo hecho de su creación. Sin embargo,
es recomendable registrar la obra, así el autor se beneficiará de la presunción de
autoría que la ley reconoce a su favor.
Derechos que pueden ejercer el autor o sus herederos
El autor podrá autorizar o prohibir: • La reproducción o fijación de cualquier medio o
por cualquier procedimiento de la obra. • La comunicación pública de la obra. • La
distribución de ejemplares de la obra. • La traducción, adaptación, arreglo u otra
transformación de la obra.
¿Qué son los Derechos Conexos?
Son los derechos que tienen los artistas, intérpretes, ejecutantes y productores de
fonogramas sobre una obra musical protegida por el Derecho de Autor..
organismos de radiodifusión, quienes son titulares del derecho exclusivo de realizar,
autorizar o prohibir:
1. La retransmisión de sus emisiones por cualquier medio o procedimiento; 2. La
fijación y la reproducción de sus emisiones, incluso la de alguna imagen aislada, cuando
ésta se haya hecho accesible al público por primera vez a través de la emisión de
radiodifusión; y, 3. La comunicación al público de sus emisiones cuando éstas se
efectúen en lugares accesibles al público mediante el pago de un derecho de admisión.