LEY 1621 MARCO JURIDICO
ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA
ORGANISMOS QUE llEVAN A
CABO lA FUNCiÓN DE
INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
Fuerzas Militares
Policia Nacional
Unidad de
Información y Análisis
Financiero (UIAF)
PRINCIPIOS INTELIGENCIA
necesidad
idoneidad
proporcionalidad
REQUERIMIENTOS
PLAN NACIONAL DE INTELIGENCIA
Es el documento de carácter reservado
que desarrolla los requerimientos y las
prioridades establecidas por el Gobierno
Nacional en materia de inteligencia y
contrainteligencia, y asigna
responsabilidades
COORDINACION Y COOPERACION
Los organismos que llevan a cabo
actividades de inteligencia y
contrainteligencia cooperarán
armónica y decididamente,
atendiendo los requerimientos de
inteligencia y contrainteligencia de
los servidores públicos autorizados
por esta Ley para efectuarlos
COOPERACION INTERNACIONAL
Podrán cooperar con
organismos de inteligencia
homólogos en otros países, para
lo cual se establecerán los
protocolos de seguridad
necesarios para garantizar la
protección y reserva de la
información
CONTROL Y SUPERVISION
AUTORIZACION
Las actividades de inteligencia y
contrainteligencia deberán ser
autorizadas por orden de operaciones
o misión de trabajo emitida por los
directores de los organismos, o jefes o
subjefes de unidad, sección o
dependencia, según el equivalente en
cada organismo, y deberán incluir un
planeamiento
BASES DE DATOS
CENTROS DE PROTECCiÓN
DE DATOS DE INTELIGENCIA
Y CONTRAINTELlGENCIA
COMISION ASESORA PARA LA
DEPURACION DE DATOS Y
ARCHIVOS DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA.
COMITÉS DE
ACTUALIZACIÓN,
CORRECCIÓN Y RETIRO DE
DATOS Y ARCHIVOS DE
INTELIGENCIA
RESERVA DE LA INFORMACION
DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
RESERVA
INOPONIBILlDAD DE
LA RESERVA
VALOR PROBATORIO DE
lOS INFORMES DE
INTELIGENCIA
DEBERES DE COLABORACION DE LAS
ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS
COLABORACION DE LAS
ENTIDADES PÚBLICAS Y
PRIVADAS
COLABORACION CON
AUTORIDADES DE POLICIA
JUDICIAL
COLABORACION CON
OPERADORES DE
SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES.