ES UN ARRENDAMIENTO FINANCIERO
CON OPCION DE ADQUISICION, A
MEDIANO Y LARGO PLAZO QUE FACILITA
LOS FLUJOS DE CAJA DEL USUARIO
APARECE EN COLOMBIA A
PRINCIPIOS DE LA DECADA DE
1970, COMO UNA ACTIVIDAD
COMERCIAL NO VIGILADA
EN 1981 A TRAVES DEL DECRETO 2059 SE
ESTABLECIO QUE LAS SOCIEDADES
COMERCIALES QUE SE DEDICARAN A LA
ACTIVIDAD DE LEASING, QUEDARAN
SOMETIDAS AL CONTROL Y VIGILANCIA DE
LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
LA LEY 45 DE 1990 CALIFICA A
LAS SOCIEDADES DE LEASING
COMO SOCIEDADES DE
SERVICIOS FINANCIEROS EN LA
MISMA CATEGORIA DE
FIDUCIARIAS
COMISIONISTAS DE BOLSA
ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO
SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES
EN 1993 HAY LA CONVERSION DE LAS
SOCIEDADES DE LEASING EN
COMPANIAS DE FINANCIAMENTO
COMERCIAL
ESPECIALIZADOS EN LEASING
COMPANIAS DE
FINANCIAMIENTO
COMERCIAL
1985 SE FORMO LA FEDERACION
COLOMBIANA DE COMPANIAS DE
LEASING "FEDELEASING"
PERMITE LA
FINANCIACION
MAQUINARIA
36 MESES
PROYECTOS INFRAESTRUCTURA
12 ANOS
INMUEBLES
60 MESES
VEHICULOS
24 MESES
ES UNA ACTIVIDAD COMERCIAL,
NO HAY INTERMEDIACION DE
DINERO SINO DE BIENES
EL USUARIO DE LOS BIENES ARRENDADOS
SE ENCUENTRA COMPROMETIDO AL BUEN
USO Y NO AL UBUSO DE LOS BIENES
CORRE POR CUENTA DEL USUARIO
LA ADMINISTRACION Y EL MANEJO
DEL BIEN
PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DEL ACTIVO
REEMPLAZO DE PARTES Y PIEZAS DE IGUAL CALIDAD
EN CASO DE SINIESTRO EL USUARIO ESTA
COMPROMETIDO A CANCELAR EL CANON
DE LEASING HASTA EL MOMENTO EN QUE
LA COMPANIA DE SEGUROS DESEMBOLSE
EL PAGO
SI EL USUARIO QUE NO CUMPLE EL CONTRATO
O NO EJERCE LA ADQUISICION, SE ENCUENTRA
OBLIGADO A DEVOLVER EL EQUIPO EN
PERFECTO ESTADO
COMO FUNCIONA
EL CLIENTE ELIGE EL ACTIVO Y EL
PROVEEDOR
LA COMPANIA DE LEASING COMPRA EL ACTIVO Y SE LO
ENTREGA AL CLIENTE DURANTE UN PERIODO PACTADO
EL CLIENTE PAGA UN CANON PERIODICO PARA EL USO DEL ACTIVO
AL FINAL DEL CONTRATO EL CLIENTE TIENE LA OPCION DE ADQUIRIR EL ACTIVO POR UN PORCENTAJE DEL
VALOR DE ADQUISICION DEL MISMO
EL CONTRATO
BILATERAL
HAY OBLIGACIONES
RECIPROCAS ENTRE LAS
PARTES
CONSENSUAL
PARA SU PERFECCIONAMIENTO
BASTA LA VOLUNTAD DE LAS
PARTES
ONEROSO
AMBOS CONTRATANTES
TIENEN UN BENEFICIO
ECONOMICO
DE TRACTO
LAS OBLIGACIONES SE VAN
CUMPLENDO
PERIODICAMENTE
NATURALEZA MERCANTIL
SE CELEBRA ENTRE COMERCIANTES
Y SOBRE BIENES QUE PRODUCEN
RENTA
CONMUTATIVO
AMBAS PARTES SE OBLIGAN A DAR
UNA COSA QUE ES EQUIVALENTE
FEDELEASING ( LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUNA), PORTAFOLIO ( PAG. 1-90 PUBLICADO 24-10-2014),
SEMANA, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES ( OMAR RODRIGUEZ, GABRIEL VELASCO)