Esta Norma Internacional de
Auditoría (NIA) trata de la
responsabilidad que tiene el auditor
con respecto a los hechos
posteriores al cierre, en una
auditoría de estados financieros.
No trata cuestiones relacionadas con
las responsabilidades del auditor en
relación con otra información
obtenida después de la fecha del
informe de auditoría
No obstante, dicha otra información puede
sacar a la luz un hecho posterior al cierre
que esté incluido en el alcance de la
presente NIA. (Ref.: Apartado A1)
Hechos posteriores
Los estados financieros se pueden
ver afectados por determinados
hechos que ocurran con
posterioridad a la fecha de los
estados financieros.
suelen identificar dos tipos de hechos:
(a) aquellos que proporcionan
evidencia sobre condiciones que
existían en la fecha de los estados
financieros; y
(b) aquellos que proporcionan
evidencia sobre condiciones que
surgieron después de la fecha de los
estados financieros.
Objetivos
(a) obtener evidencia de auditoría suficiente
y adecuada sobre si los hechos ocurridos
entre la fecha de los estados financieros y la
fecha del informe de auditoría y que
requieran un ajuste de los estados
financieros
o su revelación en éstos, se han
reflejado adecuadamente en los
estadosfinancieros de
conformidad con el marco de
información financiera aplicable;
(b) reaccionar adecuadamente ante
los hechos que lleguen a su
conocimiento después de la fecha
del informe de auditoría
y que, de haber sido conocidos por el
auditor a dicha fecha, le podrían haber
llevado a rectificar el informe de
auditoría.
Definiciones
(a) Fecha de los estados
financieros: fecha de cierre del
último periodo cubierto por los
estados financieros.
(b) Fecha de aprobación de los estados
financieros: fecha en la que se han
preparado todos los documentos
comprendidos en los estados financieros
(c) Fecha del informe de
auditoría: fecha puesta por el
auditor al informe sobre los
estados financieros
(d) Fecha de publicación de los estados
financieros: fecha en la que los estados
financieros auditados y el informe de
auditoría se ponen a disposición de
terceros.
(e) Hechos posteriores al
cierre: hechos ocurridos entre
la fecha de los estados
financieros y la fecha del
informe de auditoría, así
como hechos que llegan a
conocimiento del auditor
después de la fecha del
informe de auditoría.