DEBE SER UN CONTADOR PUBLICO TITULADO Y HABILITADO
SUS FUNCIONES SON:
VIGILAR
VERIFICAR
INSPECCIONAR
CERTIFICAR CON SU FIRMA
OTORGAR INTRUCCIONES
INFORMAR
CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DE LA ASAMBLEA O JUNTA DE SOCIOS
DICTAMINAR
¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS?
TODAS LAS SOCIEDADES SEGUN EL ART.203 DEL
C.CIO
*LAS SOCIEDADES POR
ACCIONES
SUCURSALES DE COMPAÑIAS
EXTRANJERAS
Las sociedades en las que, por ley o por los
estatutos, la administración no corresponda
a todos los socios, cuando así lo disponga
cualquier número de socios excluidos de la
administración que representen no menos
del veinte por ciento del capital.
SEGUN EL ART. 206 DEL C.CIO, SU PERIODO SERA
IGUAL AL DE LA JUNTA DE DIRECTIVA, Y TAMBIEN
PODRA SER REMOVIDO DE SU CARGO EN OTRO
TIEMPO CON EL VOTO DE LA MITAD MAS UNO DE LAS
ACCIONES PRESENTES EN LA REUNION.
SERA SANCIONADO DE MANERA CIVIL, PENAL, ADMINISTATIVA Y DISCIPLINARIA