Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del
cáncer cérvico uterino.
El cáncer cérvico uterino
ocupa el primer lugar en
incidencia causada por
tumores malignos y el
tercero en mortalidad
relacionada con las
neoplasias malignas en la
población en general.
La prevención del cáncer
cérvico uterino se realizará
por medio de la promoción
de la salud y de la detección
oportuna, orientadas a evitar
o disminuir los factores de
riesgo y a descubrir
tempranamente alteraciones
citológicas.
promoción de la
salud
detección
oportuna
Orientadas a evitar o disminuir los
factores de riesgo y a descubrir
tempranamente alteraciones
citológicas.
El objetivo de esta Norma es uniformar los
principios, políticas, estrategias y criterios
de operación para la prevención,
diagnóstico, tratamiento, control y
vigilancia epidemiológica del cáncer
cérvico uterino.
Esta Norma es de observancia
obligatoria para todo el personal
de salud en los establecimientos
que prestan servicios de atención
de los sectores :
público, privado y social
Y realizan acciones de
prevención, diagnóstico,
tratamiento, control y vigilancia
del cáncer cérvico uterino
La citología cervical se
realizará cada tres años
en aquellas mujeres
con dos citologías
previas anuales
consecutivas, con
resultado negativo a
infección por Virus del
Papiloma Humano,
displasias o cáncer