EL Proceso Legislativo

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Mapa mental con el instructivo para diseñar otros.
michelfierro94
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EL Proceso Legislativo
  1. Iniciativa
    1. Este primer momento del procedimiento legislativo se encuentra regulado por los artículos 71 y 122, base primera, fracción V, inciso ñ), constitucionales, así como por el 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos (en adelante RICG). De esta manera, el derecho de hacer propuestas o presentar proyectos de ley está reconocido por la propia Constitución mexicana, la cual indica de manera muy clara quiénes son los titulares en exclusiva de esta potestad. Señalando tales artículos al: Presidente de la República como facultado para ejercer el derecho de iniciativa. De esta manera, el Presidente de la República puede presentar cualquier tipo de iniciativa de ley o decreto; pero de manera exclusiva le corresponderá presentar las iniciativas de: La Ley de Ingresos, El Presupuesto de Egresos de la Federación, y La Cuenta Pública.
    2. Discusion
      1. Una vez presentado el proyecto de ley o decreto por alguno de los titulares de la iniciativa legislativa, se da inicio a la etapa de discusión y aprobación del proyecto de ley o decreto; en este periodo del procedimiento legislativo ordinario se pretende fijar definitivamente el contenido de la ley. Esta fase está regulada por los artículos 72 de la Constitución y del 95 al 134 de RICG. Recibido el proyecto por una de las cámaras, el presidente de la misma lo turnará a la comisión a la que corresponda el estudio en razón de la materia que entrañe la iniciativa legislativa, misma que será publicada en la Gaceta Parlamentaria. De esta manera, la Cámara que ha recibido la iniciativa se constituye en la Cámara de Origen, quedando a su colegisladora la función de Cámara Revisora.
      2. Aprobacion
        1. Aprobado un proyecto en la cámara de origen, pasará a la otra cámara colegisladora, que de igual manera procederá a la discusión y aprobación de la iniciativa de ley. En este momento pueden presentarse tres situaciones distintas,
          1. 1) Que la cámara revisora la apruebe sin modificaciones; en cuyo caso se continuará con el procedimiento legislativo iniciándose así la fase que hemos denominado integradora de la eficacia (artículo 72, inciso a, constitucional). 2) Que algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la cámara revisora, en cuyo caso volverá a la cámara de origen con las observaciones que aquélla le hubiese hecho. Si una vez examinado fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes de la cámara de origen, pasará a la cámara revisora, que lo desechó, la cual deberá volverlo a tomar en consideración y si lo aprobare por la misma mayoría se pasará a la siguiente etapa del procedimiento legislativo. Pero, en caso contrario, si la cámara revisora lo volviera a rechazar, dicha iniciativa de ley no podrá presentarse nuevamente en el mismo periodo de sesiones (artículo 72, inciso d, de la Constitución). 3) Si no se presentará ninguno de los dos supuestos anteriores y un pr
        2. Sancion

          Annotations:

          • Se ahorra tiempo al anotar solamente las palabras que interesan: entre un 50 y un 95 por ciento. Se ahorra tiempo al no leer más que palabras que vienen al caso: más del 90 por ciento del total. Se ahorra tiempo (más del 90 por ciento del total) al revisar las notas del mapa mental. Se ahorra tiempo al no tener que buscar las palabras clave entre una serie innecesaria: más de un 90 por ciento del total. Aumenta la concentración en los problemas reales. Las palabras clave esenciales se hacen más fáciles de discernir. Las palabras clave esenciales se yuxtaponen en el tiempo y en el espacio, con lo que mejoran la creatividad y el recuerdo. Se establecen asociaciones claras y apropiadas entre las palabras clave. Al cerebro se le hace más fácil aceptar y recordar los mapas mentales,  visualmente estimulantes, multi coloreados y multi dimensionales, que las notas lineales, tan monótonas como aburridas. En cartografía mental, se está constantemente haciendo nuevos descubrimientos y nuevas maneras de ver y entender.  Esto constituye un estímulo para el flujo continuo (y potencialmente interminable) del pensamiento. El mapa mental funciona en armonía con el deseo de totalidad, natural y propio del cerebro, lo que renueva nuestro normal deseo de aprender. Al utilizar constantemente todas sus habilidades corticales, el cerebro está cada vez más alertado y receptivo, y confía más en sus capacidades. Se liberan nuestros poderes de asociación mental para favorecer el proceso de evocación. La rapidez con que se pueden alcanzar los objetivos del aprendizaje es mucho mayor. Las notas tomadas para los mapas mentales se pueden transformar fácil y rápidamente en ensayos, presentaciones y otras formas de creación o de comunicación. Se incrementa cada vez más la claridad del pensamiento analítico. Aumenta el placer de acumular conocimiento. Se crea un registro permanente y fácilmente accesible de todas las experiencias importantes de aprendizaje.
          1. En caso de que el Presidente esté de acuerdo con la totalidad del proyecto procederá a sancionarlo y a disponer que se promulgue como ley. La sanción es el acto de aceptación de una iniciativa de ley o decreto por parte del Poder Ejecutivo y en tal sentido la Constitución Mexicana en su artículo 72 b) señala que: "Se reputará aprobado todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen, dentro de diez días útiles; a no ser que, corriendo este término, hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso esté reunido".
          2. Publicacion
            1. Los dictámenes, sin excepción deberán publicarse en la Gaceta Parlamentaria a más tardar 48 horas antes del inicio de la sesión en que serán puestos a disposición en la sesión. Podrá dispensarse la segunda lectura del dictamen, previa consulta del pleno en votación económica, cuando ya ha sido publicado. Dicha publicación surtirá los efectos del artículo 108 del RICG que establece que al principio de la discusión cuando lo pida algún legislador, la Comisión Dictaminadora deberá explicar los fundamentos de su dictamen y aun leer las constancias del expediente, si fuera necesario; acto continuo, seguirá el debate. Artículo 12 y 14 del Acuerdo Parlamentario relativo a las sesiones, integración del orden del día, los debates y las votaciones de la Cámara de Diputados (en adelante Acuerdo Parlamentario 11/97).
            2. Iniciacion de la Vigencia
              1. Una vez aprobado el proyecto de ley o decreto por la Cámara de Diputados y la de Senadores, se comunicará al Ejecutivo, firmado por los presidentes de cada una de las cámaras. Corresponde en este momento al Presidente de la República manifestar su acuerdo sancionando la ley y ordenando su promulgación o expresar su disconformidad formulando objeciones al proyecto.
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