Prescribir el tratamiento contable, la presentación en los EEFF y la
información a revelar en relación con la actividad agrícola
Alcance
Se aplicará siempre que se
encuentre relacion con la
actividad agricola:
a) activos biológicos, excepto las plantas
productoras. b) productos agrícolas en el punto
de cosecha. c) subvenciones del gobierno
No es de
aplicable a:
a) terrenos relacionados con la actividad agrícola (NIC 16). b) las
plantas reproductoras (NIC 16). c) las subvenciones del
gobiernos relacionadas con las plantas productoras (NIC 20)
Definiciones
Actividad agrícola
Producto ya recolectado, procedentes de
los activos biológicos de la entidad
Producto agrícola
Es el producto ya recolectado, procedente
de los activos biológicos de la entidad
Planta productora es una
planta viva que:
(a) se utiliza en la elaboración o suministro de productos agrícolas;
(b) se espera que produzca durante más de un periodo; y (c) tiene
una probabilidad remota de ser vendida como productos agrícolas,
excepto por ventas incidentales de raleos y podas.
Activo biológico
Animal vivo o una planta
Transformación biológica
Procesos de crecimiento, degradación, producción y
procreación que son la causa de los cambios cualitativos
o cuantitativos en los activos biológicos
Costos de ventas
Costos incrementales directamente atribuibles a la disposición de un
activo, excluyendo los costos financieros y los impuestos a las ganancias
Grupo de activos
biológicos
Agrupación de animales vivos, o de planta, que sean similares
Cosecha o recolección
Es la separación del producto del activo biológico del que
procede, o bien el cese de los procesos vitales de un biológico
Definiciones generales
Importe en libros
Importe por el que un activo se reconoce en el
estado de situación financiera
Valor razonable
Precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por
transferir un pasivo en una transaccion ordenada
Reconocimiento y
medición
La entidad
reconocerá un
activo biológico
sólo cuando:
(a) la entidad controle el activo como
resultado de sucesos pasados; (b) sea
probable que los beneficios económicos
futuros asociados con el activo fluyan a la
entidad; y (c) El valor razonable o el costo del
activo puedan ser medidos de forma fiable.
Un activo biológico se medirá tanto en el momento de su
reconocimiento inicial como al final del periodo sobre el que se
informa a su valor razonable, menos los costos de venta
Ganancias o pérdidas
Las ganancias o pérdidas surgidas en el reconocimiento inicial
de un activo biológico a su valor razonable menos los costos de
venta y por un cambio en el valor razonable menos los costos
de venta de un activo biológico deberán incluirse en la ganancia
o pérdida neta del periodo en que aparezcan
Imposibilidad de medir el valor
razonable de forma fiable
Estos activos biológicos deben ser medidos a su
costo menos la depreciación acumulada y cualquier
pérdida acumulada por deterioro del valor.
Subvenciones del
gobierno
Una subvención del gobierno incondicional, relacionada con
un activo biológico que se mide a su valor razonable menos los
costos de venta, se reconocerá en el resultado del periodo
cuando, y sólo cuando, tal subvención se convierta en exigible.
Información a revelar
La entidad revelará la ganancia o pérdida total surgida
durante el periodo corriente por el reconocimiento inicial
de los activos biológicos y los productos agrícolas, así
como por los cambios en el valor razonable menos los
costos de venta de los activos biológicos.
La entidad debe presentar una descripción
de cada grupo de activos biológicos.
Información a revelar sobre
activos biológicos cuyo
valor razonable no puede
ser medido con fiabilidad
(a) descripción; (b) explicación de la razón por la
cual no puede medirse con fiabilidad el valor
razonable; (c) el rango de estimaciones entre las
cuales es altamente probable que se encuentre el
valor razonable; (d) el método de depreciación (e)
las vidas útiles o las tasas de depreciación; y (f) el
importe en libros bruto y la depreciación acumulada
Sibvenciones del
gobierno
(a) la naturaleza y alcance de las subvenciones del
gobierno reconocidas en los EEFF (b) las condiciones
no cumplidas y otras contingencias anexas a las
subvenciones y (c) los decrementos significativos
esperados en el nivel de las subvenciones.