Esquema de prestaciones y servicios
establecidos en LFT,LSS,ISSSTE.
LFT
Artículo 123. Toda persona
tiene derecho al trabajo digno
y socialmente útil;
El salario se puede integrar por
los siguientes conceptos:
Cantidad de dinero percibida
normalmente a la
semana/quincena/mes, etc.
Despensa Vales (de cualquier
tipo) Bonos Prima vacacional
Aguinaldo Comisiones Propinas
Vivienda Alimentación Otras
prestaciones adicionales
Los días de descanso obligatorio se encuentran
señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del
Trabajo: El 1o. de enero; El primer lunes de febrero
en conmemoración del 5 de febrero; El tercer lunes
de marzo en conmemoración del 21 de marzo; El
1o. de mayo; El 16 de septiembre; El tercer lunes de
noviembre en conmemoración del 20 de
noviembre; El 1o. de diciembre de cada seis años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder
Ejecutivo Federal; El 25 de diciembre, y El que
determinen las leyes federales y locales
electorales, en el caso de elecciones ordinarias,
para efectuar la jornada electoral.
Vacaciones. La siguiente tabla resume los días
a que se tiene derecho de vacaciones según el
periodo trabajado: Antigüedad en la empresa
Días de vacaciones 1 año 6 días 2 años 8 días 3
años 10 días 4 años 12 días 5 años 12 días 6
años 12 días 7 años 12 días 8 años 12 días 9
años 14 días 10 a 13 años 14 días 14 o más años
16 días
Aguinaldo Es una prestación anual que
deberá pagarse antes del día veinte de
diciembre y equivale a quince días de
salario como mínimo, para los
trabajadores que ya han cumplido un
año de servicio. A los que han trabajado
un periodo menor se les paga la parte
proporcional al mismo.
Prima de antigüedad Es un
derecho que se adquiere por el
transcurso del tiempo y
corresponde a doce días de salario
por cada año de servicios.
SALARIO
LEY DE SEGURO SOCIAL
Artículo 11. El régimen obligatorio
comprende los seguros de: I. Riesgos de
trabajo; II. Enfermedades y maternidad; III.
Invalidez y vida; IV. Retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, y V. Guarderías y
prestaciones sociales
LEY ISSSTE
Incorporación al régimen obligatorio de seguridad social Ley del
ISSSTE Art. 2º. fracc. i
Medicina preventiva Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. I
Seguro de enfermedades y maternidad Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. II
Servicios de rehabilitación física y mental Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. III
Seguro de riesgos del trabajo Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. IV
Seguro de jubilación. Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. V 7 Seguro de retiro por edad y tiempo de servicios
Ley del ISSSTE Art. 3º. fracc. VI
a) Préstamos hipotecarios y financiamiento para vivienda en sus distintas modalidades;
b) Préstamos personales; c) Servicios sociales d) Servicios culturales.