CONTRATO DE DERIVADOS

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buenas tardes: Doctor: Adjunto mapa mental de contrato de derivados. ASDELA VIVIANA SOLARTE ROJAS. Dècimo. Universidad Santo Tomàs.
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CONTRATO DE DERIVADOS
  1. Que es:
    1. los derivados financieros generalmente se definen como instrumentos o contratos cuyo valor se deriva de la evolución de los precios de uno o más activos que se denominan activos subyacentes y cuyo cumplimiento y liquidación se realizan en un momento posterior a aquel en el cual se celebra el contrato. Los activos subyacentes, sobre los que se crea el derivado, pueden ser acciones, títulos de renta fija, divisas, tasas de interés, índices bursátiles, materias primas y energía, entre otros.
      1. Se clasifican en:
        1. Estandarizados
          1. Negociados por medio de Bolsa de Valores, inexistencia de riesgo de contraparte debido a la Cámara de Riesgo Central de Contraparte (CRCC) y liquidez constante (Esquema creadores de mercado).
            1. Bibliografìa: Derivados - Bolsa de Valores de Colombia http://www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc/Home/Mercados/descripciongeneral/derivados?action=dummy
          2. No estandarizados
            1. Negociados fuera de Bolsa - OTC (Over the Counter), existencia de riesgo de contraparte, contratos hechos a la medida del cliente y no operan por un sistema transaccional.
      2. Tipos de contrato:
        1. Opciones
          1. Una opción de compra (call option) da a su tenedor el derecho (mas no la obligación) de comprar una partida o ítem subyacente (una tasa de interés, divisas, un título, u otros activos) a un precio predeterminado en la fecha o antes de la fecha convenida de expresión de la opción. Una opción de venta (put option) da al tenedor el derecho (mas no la obligación) de vender una partida subyacente.
            1. Se clasifican de la siguiente forma:
              1. Las Opciones Call u opciones de compra: son aquellas que le otorgan al tenedor el derecho de comprar un activo subyacente en o hasta la fecha de vencimiento.
                1. Las Opciones Put u opciones de venta son aquellas que le otorgan al tenedor el derecho de vender un activo subyacente en o hasta la fecha de vencimiento.
            2. Futuros
              1. es un contrato estandarizado en cuanto a su fecha de cumplimiento, su tamaño o valor nominal, las características del respectivo subyacente, el lugar y la forma de entrega (en especie o en efectivo). Éste se negocia en una bolsa con cámara de riesgo central de contraparte, en virtud del cual dos (2) partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura (fecha de vencimiento) a un precio establecido en el momento de la celebración del contrato
                1. Caracterìsticas:
                  1. Son contratos estandarizados, cuyas características se encuentran definidas y no pueden ser modificadas por los inversionistas
                    1. los mercados de negociación se encuentran regulados
                      1. existe una cámara de compensación que actúa como contraparte de toda operación, lo que reduce el riesgo de contraparte en la ejecución del contrato
                        1. al vencimiento los contratos pueden ser finalizados entregando el bien (“delivery”) o pagando la diferencia entre el precio pactado y el precio de mercado (“cash-settlement”)
                          1. se determinan márgenes de cobertura que deben ser cubiertos por los inversionistas a lo largo de la vida del contrato con la finalidad de garantizar la ejecución de los contratos al vencimiento.
              2. Swap
                1. En un contrato swap una parte se obliga con la otra a intercambiar periódicamente un flujo de caja, durante un determinado periodo de tiempo. Cada flujo de caja se estructura sobre un valor nominal al cual se aplica una tasa de interés, una tasa de cambio, un índice bursátil, o cualquier otra tasa porcentual previamente acordada en el contrato.
                  1. Swap de tasas de interés
                    1. Mediante un swap de tasas de interés dos partes intercambian periódicamente unos flujos de caja. Generalmente, una parte transfiere a la otra un flujo de caja cierto y fijo que se calcula multiplicando una tasa de interés fija, acordada al momento de celebrar el contrato, por el valor nominal. Su contraparte se obliga a transferir un flujo de caja variable
                    2. Swap de divisas
                      1. Los swap de divisas son contratos donde dos partes intercambian periódicamente unos flujos de caja en distintas monedas. Una parte transfiere a la otra unos flujos de caja en una determinada divisa y recibe, a cambio, unos flujos de caja denominados en una divisa distinta. El cumplimiento de las obligaciones se realiza periódicamente al vencimiento de unos plazos previamente acordados
                  2. forward
                    1. Un acuerdo adelantado es el que se lleva a cabo entre dos contrapartes para comprar/vender una partida o ítem subyacente en tiempo futuro y a cierto precio.
                      1. Los principales forward versan sobre divisas, acciones, bonos y commodities.
                        1. En el primer caso, una parte acuerda transferir a la otra una cantidad de divisas a la tasa de cambio previamente acordada cuando venza el plazo. Cuando el forward versa sobre acciones, bonos o commodities, el acuerdo es similar al de divisas, sino que el activo subyacente a transferir serán las acciones, los bonos o el respectivo commodity
                        2. a través de un contrato forward, las partes acuerdan anticipadamente la carga futura que representará el cumplimiento de las obligaciones del contrato, permitiendo definir la equivalencia entre dichas obligaciones desde el momento en que el contrato es celebrado.
                    2. El ejercicio de operaciones con contratos derivados pueden variar según los agentes que intervienen y son tres las actividades que se pueden desarrollar con estos instrumentos:
                      1. Cobertura de riesgos
                        1. La circulación de bienes y servicios dentro de una plaza hace que el precio de éstos fluctúe en el mercado como consecuencia de su oferta y demanda. Igualmente, el hecho de celebrar un determinado contrato con una contraparte genera el riesgo de que dicha contraparte incumpla sus obligaciones, ya sea por razones endógenas o exógenas a él.
                        2. Especulación
                          1. La especulación es una actividad lícita que provee de liquidez al mercado y que no tiene ninguna relación con el delito de especulación tipificado en el artículo 298 del Código Penal. Mediante el desarrollo de esta actividad los agentes económicos toman riesgos a través de los contratos derivados, con el fin de obtener una rentabilidad, pero incrementando la exposición de sus negocios al riesgo.1
                            1. La especulación en el mercado de derivados se logra cuando un agente decide tomar una posición contractual determinada fundamentándose en la predicción del futuro comportamiento del mercado. El especulador asume el riesgo de que su predicción no se cumpla, produciendo la pérdida de su inversión.
                          2. Arbitrajismo
                            1. Al interior de cada plaza, el mercado opera de acuerdo a las condiciones propias de ese lugar. Ya sea por razones jurídicas, técnicas o económicas, muchas plazas sufren de la aparición de obstáculos en el flujo de la información. Estos obstáculos causan imperfecciones en la valoración económica de uno o varios instrumentos, ocasionando su subvaloración o sobrevaloración.
                              1. el arbitrajismo es la ejecución simultánea de dos transacciones simétricas que ocurren en dos plazas distintas, con el fin de explotar una diferencia cuando una de las plazas presenta alguna imperfección en la valoración económica de un instrumento 2
                          3. Bibliografìa: MENDOZA ALVAREZ, Mateo (2005) . Contratos Derivados: Apuntes juridicos para el desarrollo de un mercado en Colombia.Derecho Pivado : Universidad de los Andes. Bogotà. Pag: 119 a 141
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