Obtener recursos complementarios para mantenim. y equipo de esc. pública
Políticas para elevar la calidad y equidad educativa
Difundir programas preventivos de delitos
Reconocimiento social por año, 1 por escuela
Vigilar y cumplir las disposiciones que en materia de alimentos emita la autoridad
Título V. Del Consejo Escolar
Art. 33 *
Art. 34
Se conforman de la sig. manera i/2 mas 1 de los consejeros serán padres de fam. de las esc. de integ. completa 1 padre mas 1 maestro
Art. 35
Los CEPS se conformarán hasta por 15 consejeros y ellos elegirán por voto a un presidente
Art. 36
en la integracion del CEPS se observará lo dispuesto por los presentes lineamientos y la normatividad emitida por la autoridad local
Art. 37
CEPS deberá estar constituido y operado en la 2a semana del ciclo escolar. levantando un acta de constitución correspondiente, si se manejan rec. econom. abrir una cuenta bancaria
Los miembros del consejo durarán 2 años en su cargo con la posibilidad de reelegirse x un periodo adicional
Art. 38
El pte. o el srio. técnico convocará a los integrantes del CEPS a realizar las sesiones del consejo para la realizacion de asambleas
Para que se valide una reunión se requerirá la presencia de la mitad mas 1 de los consejeros
Título VI. Del Registro Público de los Consejos de Participación Social
Art. 43
Lo establece la SEP
Tendrán acceso para inscribir información los CPS a que se refieren estos lineamientos y las AEL cuando su normatividad lo prevea
Secretaría Técnica del Consejo Nacional recibirá solicitudes de los presidentes
Art. 44
La información del registro público será de naturaleza pública actualizada cada mes
Art. 45
Estará sujeta a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información
Art. 46
Unidad de Coordinación Ejecutiva emitió reglas para acceso