Artículo 73: El congreso tiene facultad
para expedir leyes del trabajo
reglamentarias del artículo 123
Artículo 123: Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; se promoverá la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley.
El salario, el sueldo, el patron y el
trabajador
Salario
Es la retribución que debe pagar
el patrón al trabajador por su
trabajo
El salario se integra de los pagos hechos en efectivo, por
una cuota diaria, gratificaciones, percepciones,
habitación, primas, comiciones, prestaciones en especie y
cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al
trabajador por su trabajo.
Salario mínimo
Es la cantidad menor que
debe recibir en efectivo el
trabajador por los servicios
prestados en una jornada
de trabajo
Trabajador
Es la persona física que
presta a otra persona
física o moral, un trabajo
personal subordinado.
Patrón
Es la persona física o moral
que utiliza los servicios de uno
o varios trabajadores