Fundamento de los Derechos
Fundamentales Según Luigi Ferrajoli
Ada Luz Espinosa- José Mendoza
DEFINICIÓN
CORRIENTES
POSITIVISTA
Expectativas en un Ordenamiento Juridico de
lo que establecieron como derechos
fundamentales
IUSNATURAL
Lo que sería Justo o moral, justificado como
derechos fundamentales
FORMAL
Los derechos
fundamentales son :
SUBJETIVOS
SUJETOS
Expectativas Negativas
No lesión
Expectativas Positivas
Prestación
UNIVERSALES
STATUS
Ciudadano, Sujeto capaz de obrar, Persona
Naturaleza Ontológica que según Ferrajoli
corresponde al hombre en su esencia.
Es decir
General
Válida para cualquier
ordenamiento
Estructural
Prescinde de la naturaleza de los intereses
y de las necesidades tuteladas mediante
su reconocimiento y se basa solo en su
carácter universal de su imputación
Estipulativa
Según su corriente
TEÓRICA
Prescinde de la circunstancia de que
estos estén o no enunciados dentro de
un ordenamiento jurídico positivista
Desarrolla una
TIPOLOGÍA
De acuerdo a sus
RASGOS
IMPUTACIÓN UNIVERSAL
En un sentido lógico no valorativo sino una cuantificación
universal dada de acuerdo al status.
GENERALIDAD
Reglas de carácter general y abstractas, llamadas normas téticas
INDISPONIBILIDAD E INALIENABILIDAD
Incumben de igual forma y medida a todos sus titulares.
El fundamento de los derechos
fundamentales es:
AXIOLÓGICO
Dada por las siguientes tesis
(DERECHOS PATRIMONIALES)
Ferrajoli, a través de la diferencias establecidas entre los derechos
fundamentales y patrimoniales sustenta su fundamento en esta primera tesis
Analisis figuras LIBERTAD Y PROPIEDAD dadas 4 diferencias
DERECHOS
PATRIMONIALES
SINGULARES- TITULAR
DETERMINADO
NEGOCIABLES Y
ANIELABLES
ESTÁN DISPUESTOS POR
NORMAS
RELACIONES
HORIZONTALES
ESFERA PRIVADA
DERECHOS
FUNDAMENTALES
SON
UNIVERSALES
Base de la igualdad jurídica, de igual
manera a todos sus titulares
Esto otorga primacía a los derechos
fundamentales sobre los patrimoniales a la
hora de comprender la estructura interna
del estado constitucional
NORMAS TÉTICAS
RELACIONES
VERTICALES
ESFERA PÚBLICA
DEMOCRACIA SUSTANCIAL
Corresponde a una dimensión que no es más que el conjunto de
garantías aseguradas por el paradigma del Estado de Derecho
Vincula la tutela, el respeto de los derechos
fundamentales y demás principios
Limita el poder de dos maneras:
Garantizando los derechos de libertad
Protegiendo los derechos sociales
DERECHOS FUNDAMENTALES
SON VINCULOS SUSTANCIALES
LO DECIDIBLE O LO INDECIDIBLE
POR TANTO LOS
NATURALEZA SUPRANACIONAL
Aquí se aborda es la distinción que se desarrolla
actualmente entre ciudadanía y persona de acuerdo a
los derechos fundamentales
Propone una concepción de derechos
supranacional desde un plano
sociojurídico e histiorográfico
INTERNACIONALIZACIÓN DE LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES
Desvincularlos de la ciudadanía
y reconocer su caracter
supraestatal
RELACIÓN DERECHOS-
GARANTÍAS
Se relacionan dos tipos de garantías de acuerdo a las expectativas
positivas o negativas que debe satisfacer el estado
Ferrajoli observa que, estos derechos sociales inmersos en estas
expectativas sufren problemas de garantías e imperfecciones lo que pone
en riesgo su validez
NEXO ENTRE
EXPECTATIVAS Y
GARANTÍAS ES
MERAMENTE TÉORICO
Ferrajoli propone la redimensión de los criterios axiológicos que
fundamentan los derechos fundamentales por medio de valores que
son:
IGUALDAD
Ferrajoli defiende un concepto de igualdad material
frente a uno formal que resulta ineficaz e
insuficiente en sociedades multiculturales y
complejas, a través de un constitucionalismo global
e igualitario
DEMOCRACIA
Esta con respecto a la forma como se van a tomar las
decisiones en el estado, desde la dimensión sustancial
de la democracia, sobre lo que es o no decidible en el
marco de un estado constitucional que respete y
garantice los derechos fundamentales
PAZ
Surge de la filosofía jurídica
contractualista de Hobbes tomada por
Ferrajoli, así que obtiene a toda costa los
bienes jurídicos de seguridad y paz
LEY DEL MÁS DÉBIL
Para Ferrajoli, la sociedad actual se encuentra en un
estado salvaje de naturaleza donde en materia
económica, política, social impera sobre la legalidad y
estado de derecho que son considerados como
fenómenos negativos