Antes de esta actividad, entregar certificado aceptación practica Oficina curricular
Durante tiempo de practica "Alumno en practica" se entenderá que es alumno
Alumno deberá ceñirse al sistema y requerimientos de empresa o institución y al presente reglamento
Articulo 65 se refiere a
Iniciada practica cuando cumplan siguientes requisitos:
1) Entrega del "Certificado de Aceptación de Alumno en Práctica", debidamente suscrito por un representante de la
empresa o institución, donde realizará la práctica. 2) Pagar y presentar el comprobante del pago del arancel de Alumno en
Práctica, cuando corresponda. 3) No tener deuda, de ninguna naturaleza, con las instituciones que conforman el Sistema
INACAP.
Articula 66 se refiere a:
Se podrán convalidar prácticas, segùn lo siguiente:
Alumno que ejerza un trabajo, deberá ser debidamente acreditado
Podrá convalidar práctica al trabajo, siempre que haya trabajado el
mismo período tiempo que dura práctica que contempla plan de estudio.
alumno deberá ingresar “solicitud convalidación práctica” en módulo
solicitudes académicas, presentar oficina curricular de sede, documentación
que acredite situación laboral, como contrato de trabajo, declaración de
impuestos, certificado de cotizaciones previsionales.
Cuando alumno ejerza trabajo afín al programa de estudio, será
calificado por Director Académico de Sede respectiva, podrá convalidar práctica
profesional.
Articulo 67 se refiere a:
Podrán homologar prácticas, introducción mundo
trabajo o profesionales, según criterios que
establezcan respectivos planes estudio y en
conformidad normas sobre homologación del
reglamento.
Situación no prevista respecto práctica, deberá ser sometida Director Académico de Sede respectiva.