Ley de Propiedad Industrial por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Ley Federal de Derechos de autor por conducto del Instituto Nacional del Derecho de Autor
como protección legal contra un posible plagio y/o piratería
Otorgado por
INDAUTOR
IMPI
Trabajadores en conjunto con SHCP
Que puede provocar
Baja de empleos formales con prestaciones legales proporcionados por el sector formal
Evasión Fiscal
Desánimo de los empresarios extranjeros para traer inversión a nuestro país
no protección de la creatividad dentro del pais
En caso del posible caso
El titular del derecho afectado tiene la posibilidad de solicitar
que se ordene, como medida provisional, la suspensión de la
libre circulación de esa mercancía en la Aduana
IMPI + la Secretaría de Economía + la Procuraduría
General de la Republica + la Administración General
de Aduanas + El Instituto Nacional de Derechos de
Autor
han asistido y revisado el contenido del ACTA
Acuerdo Comercial contra la Falsificación,
Para evitar y controlar la falsificación y la piratería.
Evasión de impuestos. Uso indebido del Producto
Dentro y Fuera del País
El personal del IMPI se apegará a los procedimientos ya establecidos en la aduana
con relación a la revisión de las mercancías, participando con un observador que
apoyará al personal de aduanas en la detección de posibles violaciones a la
propiedad industrial.
Apoyará en las distintas bases de datos que contempla la información
relativa a los titulares de los derechos de la propiedad industrial,
licenciatarios y sus representantes.
Ley Aduanera.
Considera
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Autoridad o autoridades aduaneras
Mercancías, los productos, artículos y cualesquier otros bienes
Residentes en territorio nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las
personas físicas o morales residentes en el extranjero
Impuestos al comercio exterior (Importación y exportación)
Reglamento de la Ley Aduanera
Programas de diferimiento de aranceles, y deposito Fiscal
Código Fiscal de la Federación (multas)
Disposiciones Aplicables
Articulo 10
La entrada o la salida de mercancías del territorio naciona
Articulo 13
El transbordo de las mercancías de procedencia extranjera
Articulo 14
El manejo, almacenaje y custodia de las mercancías de comercio exterior
Articulo 22
El remitente de los envíos postales que contengan mercancías
para su exportación lo manifestará en las envolturas.