DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Description

La Declaración Universal de Derechos Humanos sigue siendo igual de pertinente hoy día que en 1948, cuando fue proclamada y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. La extraordinaria visión y determinación de sus autores se plasmó en un documento en el que por primera vez se expresaron claramente los derechos y las libertades a los que todo ser humano puede aspirar de manera inalienable y en condiciones de igualdad.
Leidy Viviana Londoño Vanegas
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DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
  1. SURGE EN 1948 - PROCLAMADA Y APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDES
    1. ARTICULO 1 TODOS LOS SERES HUMANOS NACEN LIBRES E IGUALES EN DIGNIDAD Y DERECHOS
      1. ARTICULO 2: TODA PERSONA TIENE TODOS LOS DERECHOS Y LIBERTADES PROCLAMADOS EN ESTA DECLARACION SIN NINGUNA DISTINCION
        1. ARTICULO 3 TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A LA VIDA, LA LIBERTAD Y A LA SEGURIDAD DE SU PERSONA
          1. ARTICULO 4 NADIE ESTARA SOMETIDO A ESCLAVITUD NI SERVIDUMBRE
            1. ARTICULO 5 NADIE SERA SOMETIDO A TORTUAS NI A PENAS O TRATOS CRUELES
              1. ARTICULO 6 TODO SER HUMANO TIENE DERECHO AL RECONOCIMIENTO DE SU PERSONAILIDAD JURIDICA
                1. ARTICULO 7 TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY
                  1. ARTICULO 8 TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN RECURSO EFECTIVO ANTE LOS TRIBUNALES
                    1. ARTICULO 9 NADIE PODRA SER ARBITRARIAMIENTE DETENIDO
                      1. ARTICULO 10: TODA PERSONA TIENE DERECHO A SER OIDA EN PUBLICO
                        1. ARTICULO 11: TODA PERSONAS TIENE DERECHO A QUE SE PRESUMA SU INOCENCIA
                          1. ARTICULO 12: NADIE SERA OBJETIVO DE INJERENCIAAS
                            1. ARTICULO 13 TODA PERSONA TIENE DERECHO A CIRCULAR LIBREMENTE
                              1. ARTICULO 14: TODA PERSONA TIENE DERECHO A BUSCAR ASILO
                                1. ARTICULO 15: TODA PERSONA TIENE DERECHO A UNA NACIONALIDAD
                                  1. ARTICULO 16: HOMBRES Y MUJERES TIENE DERECHI SIN NINGUNA RESTRICCION A CASARSE Y FUNDAR UNA FAMILIA
                                    1. ARTICULO 17: TODA PERSONA TIENE DERECHI A LA PROPIEDAD
                                      1. ARTICULO 18: TODA PERSONA TIENE DERECHI A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO
                                        1. ARTICULO 19: TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A LA LIBERTAD DE OPINION
                                          1. ARTICULO 20: TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA LIBERTAD DE REUNION
                                            1. ARTICULO 21: TODA PERSONA TIENE DERECHO A PARTICIPAR EN EL GOBIERNO DE SU PAIS
                                              1. ARTICULO 22 TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
                                                1. ARTICULO 23 TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO
                                                  1. ARTICULO 24: TODA PERSONA TIENE DERECHO AL DESCANSO
                                                    1. ARTICULO 25: TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN NIVEL DE VIDA ADECUADO QUE LE ASEGURE SU FAMILIA
                                                      1. ARTICULO 26: TODA PERSONA TIENE DETRECHO A LA EDUCACION
                                                        1. ARTICULO 27: TODA PERSONA TIENE DERECHO A TOMAR PARTE LIBREMENTE EN LA VIDA CULTURAL DE LA COMUNIDAD
                                                          1. ARTICULO 28: TODA PERSONA TIENE DERECHO A QUE SE ESTABLEZCA UN ORDEN SOCIAL
                                                            1. ARTICULO 29: TODA PERSONA TIENE DEBERES RESPECTO A LA COMUNIDAD
                                                              1. ARTICULO 30: NADA EN ESTA DECLARACION PODRA INTERPRETARSE EN EL SENTIDO DE QUE CONFIERE DERECHO ALGUNO AL ESTADO
                                                              2. DECLARACION DE HELSINKI
                                                                1. Principios eticos para las investigaciones medicas e seres humanos
                                                                  1. RIESGOS, COSTOS Y BENEFICIOS
                                                                    1. El bienestar de los seres humanos debe tener siempre primacia sobre los intereses de la ciencia y la sociedad
                                                                    2. GRUPOS Y PERSONAS VULNERABLES
                                                                      1. REQUSIITOS CIENTIFICOS Y PROTOCOLOS DE INVESTIGACION
                                                                        1. COMIITES DE ETICA DE INVESTIGACION
                                                                          1. Tener cuidado si el participante esta en una relacion dependiente con el investIgador
                                                                          2. PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
                                                                            1. Beneficios de la investigacion para los participantes
                                                                            2. CONSENTIMIENTO INFORMADO
                                                                              1. El consentimiento debe estar escrito
                                                                              2. USO DEL PLACEBO
                                                                                1. Uso limitado del placebo
                                                                                2. ESTIPULACIONES POST ENSAYO
                                                                                  1. INSCRIPCION Y PUBLICACION DE LA INVESTIGACION
                                                                                    1. INTERVENCIONES NO PROBADAS EN LA PRACTICA CLINICA
                                                                                  2. INFORME DE BELMONT
                                                                                    1. LIMITES ENTRE PRACTICA DE INVESTIGACION
                                                                                      1. Es importante distinguir entre investigación biomédica y del comportamiento, por una parte, y, por la otra, la práctica de una terapia aceptada; ella para saber que actividades deben sufrir revisión para protección de los sujetos humanos de investigación.
                                                                                      2. PRINCIPIOS ETICOS BASICOS
                                                                                        1. Esta expresión se refiere a aquellos juicios generales que sirven como justificación básica para las muchas prescripciones y evaluaciones éticas particulares de las acciones humanas. Tres principios básicos, entre los generalmente aceptados en nuestra tradición cultural, son particularmente relevantes para la ética de la investigación con humanos; ellos son: respeto por las personas, beneficio y justicia.
                                                                                        2. RESPETO POR LAS PERSONAS
                                                                                          1. Este respeto incorpora al menos dos convicciones éticas; primera: que los individuos deben ser tratados como agentes autónomos; segunda: que las personas con autonomía disminuida tienen derecho a protección.
                                                                                          2. BENEFICIENCIA
                                                                                            1. Las personas son tratadas éticamente no sólo respetando sus condiciones y protegiéndolas del daño, sino también haciendo esfuerzos para asegurar su bienestar.
                                                                                            2. JUSTICIA
                                                                                              1. ¿Quién debiera recibir los beneficios de la investigación y quién soportar sus cargas?; esta es una cuestión de justicia en el sentido de "equidad en la distribución" o "lo que se merece".
                                                                                              2. APLICACIONES
                                                                                                1. CONSENTIMIENTO INFORMADO
                                                                                                  1. El respeto por las personas exige que a los sujetos, hasta el grado en que sean capaces, se les dé la oportunidad de escoger lo que les ocurrirá o no. Esta oportunidad se provee cuando se satisfacen estándares adecuados de consentimiento informado.
                                                                                                  2. VALORACION DE RIESGOS Y BENEFICIOS
                                                                                                    1. Esta valoración requiere organizar con cuidado los datos importantes incluyendo, en algunos casos, maneras alternas de obtener los beneficios que se persiguen con la investigación.
                                                                                                    2. SELECCION DE SUJETOS
                                                                                                      1. Del mismo modo que el principio del respeto por las personas se expresa en la exigencia del consentimiento y el principio de la beneficencia en la valoración de riesgos y beneficios, el principio de justicia da lugar a la exigencia moral de que hay procedimientos y resultados justos en la selección de los sujetos de investigación.
                                                                                                  Show full summary Hide full summary

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                                                                                                  OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE
                                                                                                  Carina Aguilar Nuño
                                                                                                  Los Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos
                                                                                                  crisferroeldeluna
                                                                                                  INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO
                                                                                                  Evelin Daniela Pacheco Vázuqez
                                                                                                  APORTES DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA AL CONSTITUCIONALISMO MODERNO.
                                                                                                  msiervo
                                                                                                  Que son los Derechos Humanos?
                                                                                                  garaviz_55
                                                                                                  Fichas Derechos Humanos
                                                                                                  alejandro garcia
                                                                                                  MUN Formative Test
                                                                                                  Peggy Moreno