ARRENDAMIENTO DE COSAS(CODIGO CIVIL ENTRE ART 1974-2027
ARRENDAMIENTO DE OBRA(CODIGO CIVIL 2053-2062
ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS(CODIGO CIVIL ART:2063-2069 2070-2078
COMERCIAL
UN CONJUNTO DE BIENES ORGANIZADOS POR EL EMPRESARIO PARA REALIZAR LOS FINES DE LA EMPRESA DESTINADO AL DESARROLLO DE UNA O DIVERSAS ACTIVIDADES COMERCIALES
CODIGO COMERCIO ART:518.519.521.522.523
Es aquel por lo cual una de la partes contratantes(el arrendador) se obliga el conceder el gozar a la otra (el arrendatario) de una cosa mueble e inmueble, por determinado tiempo y mediante el pago de un precio que la ultima se obliga a pagar a la primera
Se trata de un contrato, es un contrato traslativo del goce de una cosa o inmueble
El contrato se hace con base en un precio determinado
RENOVACION, PRORROGA DEL CONTRATO DE ARRIENDAMIENTO
LA RENOVACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ESTA CONTEMPLADA EN EL ARTICULO 518 DEL CODIGO DE COMERCIO. LA PRORROGA ESTA CONTEMPLADA POR EL ARTICULO 520 DEL CODIGO DE COMERCIO
LA RENOVACION DEL CONTRATO SIGNIFICA LA FIRMA DE UNO NUEVO CON NUEVAS CONDICIONES
LA PRORROGA SIGNIFICA LA CONTINUACION DEL CONTRATO CON LAS MISMA CONDICIONES