CONVENCIÒN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

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"La Humanidad debe a los niños lo mejor de si mismos" Declaraciòn de los Derechos de niño 1924
marivel lopez velasquez
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CONVENCIÒN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
  1. tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas menores de 18 años.
    1. DEFINICIÒN DEL NIÑO
      1. Se Define por Niño todo ser Humano desde su Nacimiento hasta los 18 años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayorìa de edad.(Art. 1)
          1. PRINCIPIOS DE LA CONVENCION
            1. Principio del Interés Superior del Niño
              1. Principio de prioridad absoluta
                1. Principio de participación
                  1. Principios de Solidaridad Estado – Familia – Sociedad
                    1. Este principio permite que se respeten las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres, miembros de la familia o de la comunidad, según establezca la costumbre local, u otras personas encargadas legalmente del niño, a fin de orientarlo para que ejerza los derechos reconocidos
                    2. se garantiza al niño, que tenga la capacidad de hecho requerida , el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones en función de la edad y madurez del niño.
                    3. implica que el Estado, la familia y la sociedad deben asegurar con prioridad absoluta, todos los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes siendo esa prioridad absoluta imperativa para todos, desprendiéndose de ello el principio de la solidaridad, que comprende: especial preferencia y atención de los niños y adolescentes en la formulación y ejecución de todas las políticas públicas;
                    4. donde se subraya también el derecho de todos los niños a expresar su punto de vista en todas las cuestiones que atañen a su vida, en conformidad con su edad y madurez;
                    5. Principio de No discriminació
                      1. al señalar que los Estados Partes tienen la obligación de respetar los derechos plasmados en la Convención y a su vez asegurar la aplicación de estos a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, con independencia de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posibilidad económica, los impedimentos físicos, el nacimiento, o cualquier otra condición del niño, de sus padres o representantes legales;
                    6. ANTECEDENTES
                      1. El Camino hacia la Convenciòn
                        1. Primera medida Juridica se tomo en 1924, las Naciones aprobaron la primera Declaracion de los D.N
                          1. Entre 1945 y 1948 se reconoce , aprueba los derechos del niño y se aprueba un docuemnto breve de 7 puntos
                            1. 1959. elabora una Declaracio mas minuciosa que se completo con una tercera declaracion aparobada en la Asamblea General
                              1. 1978, se elaboro una "convencion" o un "pacto", polonia propuso formalmente un proyecto de texto para la convecion
                                1. 1989 Aprobo Unànimemente la Convencion sobre los Derechos del Niño el 20 de Noviembre de 1989.
                                  1. 1993, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena, estableciò para finales de 1995 la meta de ratificacion Universal de Convencion
                                    1. la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobo el 25 de mayo de 2000, dos protocolos facultativos de la convecnion sobre los derechos del niño(resolucion de la asamblea general A'-rES-54-263)
                                      1. protocolo facultativo relativo a la venta de niño, prostitucion infantil y a la utilizacion de niños en la pornografia
                                        1. protocolo facultativo a la participacion de niños en los conflictos armados
                                  2. 1961, aprobacion de dos pactos Internacionales: el derechos civiles y Politicos y el derecho Economico, social, juridica y moral
                          2. OBJETIVOS
                            1. Proteger los derechos de todos los niños del mundo.
                              1. Como
                                1. los niños no son priopiedad de sus padres ni tampoco son los beneficiarios indefensos de una obra de caridad
                                  1. la convencion ofrece un panorama en el que el niño es un individuo y el mienbro de una familia y una comunidad, cin derechos y responabilidades adaptadas la etapa de su desarrollo
                                    1. la convencion orienta firmemente sus mandato hcia la personaalidad integral del niño
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