Las condiciones de trabajo son prestaciones
mínimas que cada trabajador debe tener están
reguladas y establecidas por la Ley Federal del
Trabajo (LFT) la cual menciona que las condiciones
de trabajo deben constar por escrito.
Jornada de trabajo y tipos
• Jornada diurna (ocho horas, comprendidas de las 6:00
a las 20:00 horas). • Jornada nocturna (siete horas,
comprendidas de las 20:00 a las 6:00 horas).
Dias de descanso
Regulados por el capítulo III del Título
tercero que comprende los artículos 69
a 75 de la LFT
Prima Vacacional
Es una cantidad que recibe el trabajador
cuando disfruta el derecho al descanso, es
de 25% mínimo sobre el salario que
corresponde por las vacaciones.
Vacaciones
Los trabajadores que tengan más de un año de
servicios disfrutarán de un período anual de
vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá
ser inferior a seis días laborables, y que
aumentará en dos días laborables, hasta llegar a
doce, por cada año subsecuente de servicios.
Salario
Es la retribución económica que debe pagar el patrón al
trabajador por su trabajo. (LFT, artículo 82, 2012, p. 19). El
salario está comprendido en los capítulos V, VI y VII del título
en análisis.
Utilidades
Se trata de un derecho de la
comunidad de trabajadores de una
empresa a recibir una parte de los
resultados del proceso económico de
producción y distribución de bienes o
servicios. Implica que los trabajadores
tienen derecho a recibir parte de las
utilidades de la empresa.
Aguinaldo
Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día
veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como
mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año
de servicio. A los que han trabajado un periodo menor se les
paga la parte proporcional al mismo.
Prima de antigüedad
Es un derecho que se adquiere por el transcurso del tiempo y
corresponde a doce días de salario por cada año de servicios. Se
paga a los trabajadores que se separen voluntariamente de su
empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios.
Obligaciones y Derechos de los Patrones
El Capítulo I del Título IV de la Ley Federal del Trabajo denominado
Obligaciones de los patrones, señala expresamente las obligaciones de
dar, hacer y no hacer, así como las obligaciones complejas que los
patrones deben cumplir, tácitamente en este precepto están incluidos sus
derechos ya que ellos también pueden ser subordinados de alguien más,
de la empresa en sí o pueden exigir el respeto al cumplimiento de sus
obligaciones.
Regimen Obligatorio del Seguro Social
Los trabajadores o personas que llevan a cabo una
actividad remunerada, personal y subordinada, tienen
derechos de seguridad social.
Garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica,
la protección de los medios de subsistencia y los
servicios sociales necesarios para el bienestar
individual y colectivo, así como el otorgamiento de una
pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los
requisitos legales, será garantizada por el Estado y
regulada por la Ley del Seguro Social.