UNIDAD 9 INCIDENTES.

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incidentes en la ley amparo
antonio granados
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UNIDAD 9 INCIDENTES.
  1. Es un procedimiento que sobreviene accesoriamente al proceso y que tiene relación directa e inmediata con el asunto principal. Carnelutti metafóricamente lo señala como un obstáculo en la carretera, es necesario echarlo fuera si se quiere que el proceso siga. Son a menudo como hierba que invade el campo y que amenaza la cosecha si no se extirpa.
    1. INCIDENTES EN LA LEY DE AMPARO
      1. NULIDAD DE NOTIFICACIONES
        1. REPOSICIÓN DE AUTOS
          1. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
            1. DAÑOS Y PERJUICIOS
              1. FALSEDAD DE DOCUMENTOS
                1. Cuando se objetare de falso un documento exhibido en la Audiencia Constitucional.
                2. Para resarcir los daños y percuicios que se hayan generado al no poder ejecutar el acto reclamado o el menoscabo al quejoso al quedar sin efecto la suspensión.
                3. Se solicita mientras no se dicte sentencia. Se concede de oficio y de plano cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 constitucional, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.
                4. Se certifica la existencia anterior y falta posterior para proceder a la resposición de los autos. No será procedente si el expediente electrónico no muestra alteración, basta que se certifique el digital.
                5. No suspende el procedimiento. Declarada la nulidad se repone el procedimiento a partir de la actuación anulada.
            2. se substanciarán en la vía incidental ,
              1. a petición de parte o de oficio,
                1. El órgano jurisdiccional determina:
                  1. si se resuleve de plano
                    1. amerita pronunciamiento especial
                      1. si se reserva a la sentencia
                        1. En el escrito con el cual se inicia el incidente se ofrecen pruebas
                          1. Se da vista a las partes por el plazo de tres días, para que manifiesten lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas
                            1. Se celebrará la audiencia en la que se recibirán y desahogarán las pruebas,
                              1. Se oirán los alegatos de las partes y, en su caso, se dictará la resolución.
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