RAZONAMIENTO JURÍDICO

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resultado de la actividad mental de razonar, es decir, un conjunto de proposiciones enlazadas entre si que dan apoyo o justifican una idea. El razonamiento se corresponde con la actividad verbal del argumentar. El razonamiento lógico se refiere al uso de entendimiento para pasar de unas proposiciones a otras partiendo de lo ya conocido o de lo que creemos conocer a lo desconocido o menos conocido.
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RAZONAMIENTO JURÍDICO

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  1. Se llama también razonamiento al resultado de la actividad mental de razonar, es decir, un conjunto de proposiciones enlazadas entre si que dan apoyo o justifican una idea. El razonamiento se corresponde con la actividad verbal del argumentar. El razonamiento lógico se refiere al uso de entendimiento para pasar de unas proposiciones a otras partiendo de lo ya conocido o de lo que creemos conocer a lo desconocido o menos conocido.

    Annotations:

    • https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3796/19.pdf
    1. Razonamiento Inductivo y Deductivo

      Annotations:

      • http://diferenciaentre.info/diferencia-entre-razonamiento-inductivo-y-razonamiento-deductivo/
      1. Razonamiento Inductivo: Consiste en obtener conclusiones generales a partir de premisas que contienen datos particulares. Por ejemplo, de la observación repetida de objetos o acontecimientos de la misma índole se establece una conclusión para todos los objetos o eventos de dicha naturaleza.
        1. Razonamiento Deductivo: Es la capacidad de partir de ciertas proposiciones o ideas previamente conocidas y llegar a alguna proposición nueva previamente no conocida de modo explícito. Sin embargo, se considera que en la habilidad humana es argumentar, razonar y debatir, intervienen igualmente la imaginación, las percepciones, los pensamientos y los sentimientos, siendo los razonamientos de los seres humanos raramente de tipo lógico-deductivo. En este sentido más amplio, el razonamiento no sólo es cuestión de lógica, sino también de la filosofía, la psicología o la inteligencia artificial.
          1. Razonamiento por Analogía

            Annotations:

            • http://www.ejemplode.com/55-filosofia/1928-ejemplo_de_razonamiento_analogico.html
            1. Del griego analogía, proporción, correspondencia, semejanza de ciertas facetas, cualidades y relaciones entre objetos no idénticos; son razonamientos por analogía las deducciones que se hacen sobre la base de dicha semejanza. Esquema corriente del razonamiento por analogía: el objeto B posee las notas a, b, c, d, e; el objeto C posee las notas b, c, d, e; por tanto el objeto C tiene probablemente, la nota a. La analogía es de gran valor para la investigación. En las etapas iniciales del desarrollo de la sociedad, la analogía sustituye a la observación sistemática y al experimento, sus conclusiones se fundamentan en el parecido de caracteres externos y secundarios. Así surgen la mayor parte de las concepciones de la Filosofía de la naturaleza en la Antigüedad.
              1. Razonamiento Contrario
                1. Racionamiento Contrario: Es el que se opone a un hecho conocido, para concluir en consecuencia por lo inadmisible o infundado del segundo. Consiste en cuestionar no ya el argumento, sino a la persona que lo emite, señalando tachas genéricas y con ello pretendiendo invalidar el razonamiento. Es erróneo porque no enfrenta (ni refuta) el argumento mismo, sino que elípticamente ofende a quien lo esgrime."Lo que afirma es mentira; puesto que UD. es un mentiroso". No sólo ofende; sino que deja incólume el argumento mismo. Aún siendo el hablante el más grande mentiroso, puede, en esa ocasión estar sosteniendo una verdad.
      2. Premisas
        1. Premisa Mayor

          Annotations:

          • Es la que va en primer orden, siempre va al inicio del silogismo.
          1. Premisa Menor

            Annotations:

            • Es la que va en segundo orden, y no implica que tenga menor cantidad.
            1. Son proposiciones categóricas típicas de las cuales se sacara una conclusión
              1. Conclusión
                1. Es el resultado de la relación de ambas premisas.
                2. Ejemplos
                  1. Premisa mayor:El contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a: dar, hacer o no hacer alguna cosa
                    1. Premisa menor: Ricardo y luis constituyen un contrato de arrendamiento en el cual ricardo se compromete con luis a entregarle un bien inmueble en la ciudad de barquisimeto, a su vez luis se compromete con Ricardo a pagarle una determianda suma de dinero por dicho bien. Ante el icumplimiento de luis, Ricardo demanda ante un Juez de la Republica la resolucion de dicho contrato y la correspondiente indemnizacion por los daños causados.
                      1. Conclusion: El juez con base en las pruebas aportadas por Ricardo decreta resolucion del contrato y conden a luis a pagar los daños y perjuicios causados a Ricardo.
                        1. Razonamiento Jurídico para los Abogados y para la Judicatura: El razonamiento Jurídico expuesto en sentencia, debe admitir discusión, debe permitir la controversia, por tanto, todo lo que se afirma, debe ser sometido a prueba, de allí el sistema imperante de la libre valoración de la prueba. EL razonamiento Jurídico es pues interpretación y valoración, de donde se desprende que argumentar implique estructurar una secuencia coherente de pensamiento. Significa entonces que los abogados deben presentar todos sus argumentos y el juez hacer una interpretación y valoración para luego emitir una lógica opinión basados en razonamientos.
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