Derechos fundamentales en España (arts. 15 a 20).

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Sobre los derechos fundamentales recogidos en la Constitución española de 1978.
Raquel Tizón
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Carlos Suárez
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Raquel Tizón
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Derechos fundamentales en España (arts. 15 a 20).
  1. Derecho a la vida y a la integridad física y moral (ART. 15)
    1. Derecho de todos
      1. En ningún caso: torturas; penas o tratos inhumanos o degradantes
        1. Abolición de la pena de muerte (salvo disposiciones en leyes penales militares para tiempos de guerra)
        2. Libertad ideológica, religiosa y de culto (ART. 16)
          1. SE GARANTIZA
            1. Para los individuos y las comunidades
              1. Única limitación (a manifestaciones de esta libertad): Mantenimiento del orden público
                1. Nadie obligado declarar sobre ideología, religión o creencias
                  1. Ninguna religión de carácter estatal
                    1. Relaciones de cooperación de poderes públicos con iglesia católica y demás confesiones
                    2. Derecho a la libertad y la seguridad (ART. 17)
                      1. Derecho de toda persona
                        1. Obligado observar lo establecido en este art. para privar a alguien de su libertad (casos y forma de hacerlo previstos en ley [ORGÁNICA])
                          1. Detención preventiva no dura más del tiempo necesario para intentar esclarecer hechos
                            1. Duración máxima de detención preventiva 72 horas, tras estas puesta en libertad o a disposición judicial
                            2. Ley (ORGÁNICA) regulará procedimiento de "habeas corpus"
                              1. Se pone inmediatamente a disposición judicial a persona detenida ilegalmente
                              2. Derechos del detenido
                                1. Ser informado inmediatamente y de forma clara de sus derechos y razones para su detención
                                  1. No ser obligado a declarar
                                    1. Tener garantizada asistencia de abogado en las diligencias policiales y judiciales
                                      1. Suspensión exclusivamente en estado de sitio
                                    2. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen (ART. 18)
                                      1. SE GARANTIZA
                                        1. Domicilio INVIOLABLE
                                          1. NO entrada o registro
                                            1. Sin consentimiento de titular
                                              1. Sin resolución judicial
                                                1. SALVO FLAGANTE DELITO
                                              2. SECRETO DE COMUNICACIONES
                                                1. SE GARANTIZA
                                                  1. SALVO RESOLUCIÓN JUDICIAL
                                                2. Limitación del uso de la informática
                                                  1. Mediante LEY [ORGÁNICA]
                                                    1. Para garantizar honor e intimidad personal y familiar
                                                      1. Para garantizar pleno ejercicio de derechos a ciudadanos
                                                  2. Libertad de residencia y circulación (ART. 19)
                                                    1. DERECHO DE LOS ESPAÑOLES
                                                      1. Libre elección de residencia
                                                        1. Libre circulación en el territorio nacional
                                                          1. Libre entrada y salida de España
                                                            1. Según lo que establezca LEY [ÓRGÁNICA]
                                                              1. NUNCA LIMITADO POR MOTIVOS POLÍTICOS O IDEOLÓGICOS
                                                          2. Libertad de expresión y libertad de comunicación (ART. 20)
                                                            1. SE RECONOCEN Y PROTEGEN DERECHOS A
                                                              1. Expresar y difundir libremente prensamiento, ideas y opiniones, forma verbal o escrita, o cualquier otro medio de reproducción
                                                                1. Producción y creación literaria, artística, científica y técnica
                                                                  1. Libertad de cátedra
                                                                    1. Comunicar o recibir libremente información veraz a través de medios de difusión.
                                                                      1. Regulación mediante Ley [ÓRGÁNICA] de cláusula de conciencia y secreto profesional de comunicadores
                                                                      2. imposibilidad de CENSURA PREVIA
                                                                      3. Mediante LEY [ORGÁNICA]
                                                                        1. Regular organización y control parlamentario de los medios de comunicación dependientes de Estado o ente público
                                                                          1. Garantizar acceso a medios de grupos SOCIALES Y POLÍTICOS SIGNIFICATIVOS (respetando pluralismo de la sociedad y lenguas de España)
                                                                          2. Límites a estas libertades
                                                                            1. Respeto a los derechos reconocidos en TÍTULO I (fundamentales o no, ppios rectores)
                                                                              1. Respeto a preceptos de LEYES de desarrollo de TÍTULO I
                                                                                1. Respeto especialmente a derechos a honor, intimidad, propia imagen y protección de jóvenes y niños
                                                                                2. Secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información
                                                                                  1. MEDIANTE RESOLUCIÓN JUDICIAL SOLAMENTE
                                                                                Show full summary Hide full summary

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