CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DE LA ASAMBLEA O JUNTA DE SOCIOS
DICTAMEN A LOS E.F.EXPRESA:
QUE OBTUVO INFORMACION
SUFICIENTE Y
VERAZ
APLICACION DE
NORMAS Y TECNICAS CONTABLES
ESTABLECIDAS
OPERACIONES REGISTRADAS Y
AJUSTADAS A LOS ESTAUTOS Y A LA
JUNTA DE SOCIOS
RESERVAS Y SALVEDADES SOBRE LOS EF.
INFORME A LA ASAMBLEA O JUNTA DE SOCIOS EXPRESA:
SI LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS ESTAN
AJUSTADOS A LOS ESTATUTOS
Y/O A LAS INSTRUCCIONES DE LA
JUNTA DE SOCIOS
SI TODOS LOS REGISTROS Y LIBROS SE
LLEVAN Y SE CONSERVAN
DEBIDAMENTE
SI HAY ADECUADAS MEDIDAS DE CONTRO INTERNO PARA LA CONSERVACION DE LOS BIENES
EN POSECION DE LA COMPAÑIA
¿QUIENES ESTAN
OBLIGADOS?
TODAS LAS SOCIEDADES SEGUN EL ART.203 DEL
C.CIO
*LAS SOCIEDADES POR
ACCIONES
SUCURSALES DE COMPAÑIAS
EXTRANJERAS
Las sociedades en las que, por ley o por los
estatutos, la administración no corresponda a
todos los socios, cuando así lo disponga
cualquier número de socios excluidos de la
administración que representen no menos del
veinte por ciento del capital.
SON INHABILIDADES:
SER SOCIO O EMPLEADO DE LA
SOCIEDAD PARA LA CUAL EJERCERA
COMO R.F.
LIGADO POR MATRIMONIO O PARENTEZCO
SI ELEGIDO COMO R.F NO PODRA
ASUMIR OTRO CARGO
SEGUN EL ART. 206 DEL C.CIO, SU PERIODO SERA
IGUAL AL DE LA JUNTA DE DIRECTIVA, Y TAMBIEN
PODRA SER REMOVIDO DE SU CARGO EN OTRO
TIEMPO CON EL VOTO DE LA MITAD MAS UNO DE
LAS ACCIONES PRESENTES EN LA REUNION.
SERA SANCIONADO DE MANERA CIVIL, PENAL, ADMINISTATIVA Y DISCIPLINARIA