NIC 37: PROVISIONES, PASIVOS
CONTINGENTES Y ACTIVOS CONTINGENTES
OBJETIVO. Asegurar un apropiado reconocimiento y
la valoración de las provisiones, pasivos contingentes
y activos contingentes. Revelar la información
complementaria por medio de las notas.
Alcances. La norma se aplica a todas las empresas al
contabilizar sus provisiones, pasivos contingentes y
activos contingentes. Excpto: *Cuando se deriven de
contratos pendientes de ejecución, excepto cuando
sean onerosos. * los cubiertos por otras normas.
La NIC 37 prescribe la contabilización y la
información financiera a suministrar
cuando se haya dotado una provisión de
pasivo, o bien cuando existan activos y
pasivos de carácter contingente,
exceptuando los siguientes:
(a) aquéllos que se deriven de los
instrumentos financieros que se lleven
contablemente según su valor razonable.
(b) aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución, salvo si el
contrato es de carácter oneroso y se prevén pérdidas. Los contratos pendientes de
ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las
obligaciones a las que se comprometieron, o bien aquéllos en los que ambas partes
han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus compromisos.
(c) aquéllos que aparecen en las
compañías de seguro, derivados de
las pólizas de los asegurados.
(d) o aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma.
PROVISIONES. Una provisión
es un pasivo en el que existe
incertidumbre acerca de su
cuantía o vencimiento.
RECONOCIMIENTO. Debe reconocerse una provisión
cuando se den las siguientes condiciones: (a) una
entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o
implícita) como resultado de un suceso pasado; (b)
es probable que la entidad tenga que desprenderse
de recursos, que incorporen beneficios económicos
para cancelar tal obligación; y (c) puede hacerse una
estimación fiable del importe de la obligación.
De no cumplirse las tres condiciones indicadas, la
entidad no debe reconocer la provisión. En algunos
casos excepcionales no queda claro si existe o no
una obligación en el momento presente.
Se considera que el suceso
ocurrido en el pasado ha dado
lugar a una obligación presente.
MEDICIÓN. El importe reconocido
como provisión debe ser la mejor
estimación, al final del periodo sobre
el que se informa, del desembolso
necesario para cancelar la obligación
presente.
La mejor estimación del desembolso
necesario para cancelar la obligación
presente vendrá constituida por el
importe, evaluado de forma racional.
En el caso de que la provisión, que se está
midiendo, se refiera a una población
importante de casos individuales, la
obligación presente se estimará promediando
todos los posibles desenlaces por sus
probabilidades asociadas.
PASIVOS CONTINGENTES. Es:
(a) una obligación posible, surgida a raíz de sucesos
pasados y cuya existencia ha de ser confirmada sólo
por la ocurrencia o no ocurrencia de uno o más
eventos inciertos en el futuro, que no están
enteramente bajo el control de la entidad;
(b) una obligación presente, surgida a raíz de
sucesos pasados, que no se ha reconocido
contablemente porque: (i) no es probable que
para satisfacerla se vaya a requerir una salida
de recursos que incorporen beneficios
económicos; o (ii) el importe de la obligación no
pueda ser medido con la suficiente fiabilidad.
La entidad no debe proceder a reconocer contablemente una
obligación de carácter contingente. Por el contrario, deberá
informar acerca de la obligación en cuestión los estados
financieros, salvo en el caso de que la salida de recursos que
incorporen beneficios económicos tenga una probabilidad
remota.
ACTIVOS CONTINGENTES. Un activo
contingente es un activo de natura.