LEY 1314 DE 2009 - DECRETO 2649 DE 1993

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LEY 1314 DE 2009 - DECRETO 2649 DE 1993
  1. LEY 1314 DE 2009
    1. ÁMBITO DE APLICACIÓN: Aplica a todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligados a llevar contabilidad.
      1. Normas técnicas generales, Normas técnicas específicas, Normas técnicas especiales.
        1. DEFINICIÓN: Permiten Identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones e un ente, de forma clara, completa y fidedigna.
          1. AUTORIDADES DE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN TÉCNICA: Bajo la dirección del Presidente de la República y en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo.
            1. COORDINACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS: Para garantizar que las normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de información de quienes participen en el mismo sector económico sean homogéneas, consistentes y comparables.
            2. DECRETO 2649 DE 1993
              1. ÁMBITO DE APLICACIÓN: Debe ser aplicado por todas las personas que de acuerdo con la ley estén obligados a llevar contabilidad.
                1. Normas técnicas generales, Normas técnicas específicas, Normas técnicas especiales.
                  1. Permiten Identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones e un ente, de forma clara y completa, relevante, digna de crédito y comparable.
                  2. CONSEJO PERMANENTE PARA LA EVALUACIÓN DE LAS NORMAS SOBRE CONTABILIDAD: Créase un Consejo permanente para la evaluación de las normas sobre contabilidad, adscrito al Ministerio de Desarrollo Económico.
                    1. CUALIDADES DE LA INFORMACIÓN: La información contable debe ser comprensible y útil. En ciertos casos se requiere, además, que la información sea comparable.
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