DEFINICIÓN DE LA FUNCIÓN DE
INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA.
Es aquella que desarrollan los
organismos especializados del
Estado del orden nacional,
utilizando medios humanos o
técnicos para la recolección,
procesamiento, análisis y difusión
de información
ORGANISMOS QUE llEVAN A CABO lA FUNCiÓN
DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELlGENCIA.
dependencias de las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional
Unidad de Información y
Análisis Financiero (UIAF)
líMITES Y FINES DE lA FUNCiÓN DE
INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA.
Limites
limitada en su ejercicio al respeto de los derechos
humanos y al cumplimiento estricto de la
Constitución, la Ley y el Derecho Internacional
Humanitario y el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos.
principio de reserva legal
PRINCIPIOS DE lAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
Principio de necesidad
debe ser necesaria para alcanzar los
fines constitucionales deseados
Principio de idoneidad
debe hacer uso de medios que se adecuen al logro
de los fines definidos
Principio de proporcionalidad
deberá ·11 ser proporcional a los fines buscados y sus
beneficios deben exceder las restricciones impuestas
sobre otros principios y valores constitucionales
PROHIBICiÓN DE lA VINCULACiÓN DE MENORES DE
EDAD EN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
no podrán en ningún caso vincular a niños, niñas
y adolescentes
PLAN NACIONAL DE INTELIGENCIA
Este Plan será
elaborado por la Junta
de Inteligencia
Conjunta y será
proyectado para un
período de un (1) año
AUTORIZACiÓN
deberán ser autorizadas por orden de operaciones o misión
de trabajo emitida por los directores de los organismos, o
jefes o subjefes de unidad, sección o dependencia, según el
equivalente en cada organismo, y deberán incluir un
planeamiento.
AUTORIZACIÓN DE LAS
OPERACIONES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
El superior jerárquico en cada
caso será responsable de
autorizar únicamente aquellas
actividades
MONITOREO DEL ESPECTRO
ELECTROMAGNÉTICO E INTERCEPTACIONES
DE COMUNICACIONES PRIVADAS
comprenden actividades de monitoreo del
espectro electromagnético debidamente
incorporadas dentro de órdenes de
operaciones o misiones de trabajo.
CENTROS DE PROTECCiÓN DE DATOS DE
INTELIGENCIA Y CONTRAINTELlGENCIA
Cada uno de los organismos que desarrolla
actividades de inteligencia y contrainteligencia tendrá
un Centro de Protección de datos y archivos de
Inteligencia y Contrainteligencia (CPD).
RESERVA
Por la naturaleza de las funciones que
cumplen los organismos de inteligencia y
contrainteligencia sus documentos,
información y elementos técnicos estarán
amparados por la reserva legal por un
término máximo de treinta (30) años
contados a partir de la recolección de la
información y tendrán carácter de
información reservada.
INOPONIBILlDAD DE lA RESERVA.
no será oponible a las autoridades judiciales,
disciplinarias y fiscales que lo soliciten
VALOR PROBATORIO DE lOS INFORMES DE INTELIGENCIA
En ningún caso los informes de inteligencia y
contrainteligencia tendrán valor probatorio
dentro de procesos judiciales y disciplinarios
PROTECCiÓN DE lOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE
REALIZAN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
PROTECCiÓN DE lA IDENTIDAD
PROTECCiÓN DE lOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE
DESARROllAN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA y SU NÚCLEO FAMILIAR.
DEBERES DE COLABORACiÓN DE lAS
ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS
COLABORACiÓN DE lAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS
COLABORACiÓN CON AUTORIDADES DE POLIcíA JUDICIAL
COLABORACiÓN CON OPERADORES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.