Personas que por
cualquier motivo
voluntariamente o no se
han desplazado de un
lugar a otro
La declaración de los derechos
humanos reconoce el derecho de
todas las personas a circular
libremente y a elegir su residencia
en cualquier estado
PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES SOBRE
MOVILIDAD HUMANA
La constitución del 2008
garantiza tanto a lo
ecuatorianos como a los
extranjeros garantía de
derechos humanos
las personas extranjeras
tendrán los mismos
derechos y deberes que los
ecuatorianos
nadie sera discriminado
por etnia, identidad
cultural, idioma , pasado
judicial..........
ningún ser humano
se identificara como
ilegal por su
condición migratoria
CIUDADANÍA
UNIVERSAL
Contemplado
únicamente en
nuestra
constitución
-implica borrar fronteras, pero
solo rige para nuestro país
para otros deben someterse a
las formalidades legales que el
destino exija
No se identificara ni
considerará a ningún ser
humano como ilegal por
su condición migratoria
NO se lo tratara como ilegal si
no como IRREGULAR
DERECHO A LA
LIBERTAD DE
TRÁNSITO
TRANSITAR
ir o pasar de un
lugara a otro
utilizando vías públicas
Art.66 Nrl 14 El derecho
a transitar libremente a
entrar y salir del país
regulado por la ley
la prohibición de salida
del país solo puede ser
ordenada por juez
competente
TRANSITO
paso o traslado por
calles y caminos
mutación de un
estado a otro
Movimiento ordenado de
personas animales y
vehículos sujeto a leyes y
reglamentos sobre la
materia
RESTRICIONES
EXPRERSAS A LA
LIBERTAD DE
TRANSITO
SE RESTRINGIRA POR
ESTADO DE EXCEPCION
REFUGIADOS
término aprobada en 1951
personas que por motivos de raza,
religión o pertenencia a determinado
grupo social se encuentran fuera de
su país, o no pueda por dichas causas
acogerse a la protección de tal país
EL DERECHO DE
LOS REFUGIADOS
todas las personas que reúnan las
condiciones pueden acogerse a lo
estipulado en la convencion
condiciones para no
beneficiarse
a)cometer un delito contra la
paz, un delito de guerra o en
contra de la humanidad
b)grave delito común fuera
del país de refugio
c) que se ha hecho culpable de
actos contrarios a las
finalidades y principios de
naciones unidas
DESPLAZADOS
INTERNOS
Personas o grupos que han sido obligadas
a huir de su hogar o lugar habitual como
resultado de conflicto armado violaciones
sistemáticas de derechos humanos y que
NO hayan cruzado la frontera