Se reconocen como minorías son un grupo
numéricamente inferior al resto de la
población de un Estado, que se encuentra
en una posición no dominante y cuyos
miembros, que son nacionalmente del
Estado, poseen características étnicas,
religiosas o lingüisticas diferentes de las del
resto de la población
La no discriminación y la igualdad ante la ley
son dos de los principios básicos de las
normas internacionales relativas a los
derechos humanos. Para impulsar la
protección de las minorías de conformidad
con el principio de no discriminación
Con arreglo a los dispuesto en los
instrumentos relativos a los
Derechos Humanos, los Estados
tienen la obligación de proteger
los derechos de todas las
personas que estén sometidas a
su jurisdicción
Con excesiva frecuencia, a los miembros de ciertos
grupos se les niega la ciudadanía o se los priva de la
ciudadanía a causa de sus características nacionales
o étnicas, religiosas y lingüísticas.
Todas las medidas encaminadas a la
protección de las minorías deben centrarse
primordialmente en la protección de la
existencia física de las personas
pertenecientes a minorías, y particularmente
en su protección contra el genocidio y contra
los crímenes de lesa humanidad
La promoción y la protección de su
identidad impiden la asimilación forzada
de las minorías y la pérdida de culturas,
religiones e idiomas que constituyen la
base de la riqueza del mundo y que por
consiguiente forman parte de su
patrimonio