Se realiza para verificar la asimilación y aplicación de los conocimientos aprendidos durante las
actividades realizadas. Valoradas mediante calificación numéricas y cualitativa.
SUPLETORIO artículo 60.
Reemplaza una prueba parcial o final que no pudo presentar un estudiante en la fecha señalada del
calendario académico
VALIDACIÓN artículo 62.
Se presenta en las asignaturas que ha cursado y aprobado en otra institución de educación superior
nacional o extranjera, debidamente aprobada por el gobierno nacional, cuando a la intensidad horaria,
calificaciones contenidos o créditos académicos con los cuales se cursaron, no corresponden
plenamente a las exigencias de la universidad militar. La calificación definitiva debe ser mínimo 3.5 en
la escala de 0.0 a 5.0 o su equivalente.
SUFICIENCIA artículo 63
se presenta a para acreditar un nivel de conocimientos o experiencia practica sobre el tema de una
asignatura que le permita no cursarla. El tema por evaluar debe versar sobre el contenido total del
programa de la asignatura vigente. la calificación mínima debe ser de 4.0 en la escala de 0.0 a5.0 o su
equivalente
ESCALA DE CALIFICACIONES artículo 68.
*LAS CALIFICACIONES SON NUMERICAS EN ESCALA DE 0.0 a 5.0. sí en el cómputo de la calificación
resalta alguna centésima y su valor es de 5 o más se aproxima a la décima siguiente, en caso contrario
no se tiene en cuenta.; *la calificación mínima aprobatoria es 3.0.; *cada calificación numérica tiene una
calificación cualitativa: 0.0-0.9 incompetente, 1.0-1.9 muy deficiente, 2.0-2.9 deficiente, 3.0-3.4 aceptable,
3.5-4.0 bueno, 4.1-4.5 muy bueno, 4.6-5.0 excelente; *la asignatura que se repruebe por inasistencia, por
ausencia no justifica a una prueba de evaluación académica; el fraude o intento de fraude, será
calificado con nota definitiva de 0.0
PERDIDA DE ASIGNATURAS artículo 73.
la materia se considera perdida cuando se obtiene una calificación menor a 3.0; en caso de asignaturas
compuestas por rotaciones, es reprobada perdiendo 2 rotaciones
ASISTENCIA artículo 52.
El desarrollo del plan de estudios exige la asistencia obligatoria del estudiante a las diferentes
actividades de formación programadas y registradas en su carga académica. También a toda actividad
académica o cultural a la cual sea convocado.
AUSENCIAS artículo 53.
Hay inasistencia por parte del estudiante cuando este no encuentre en el aula de clases, laboratorio o
lugar donde se desarrollan las actividades presenciales de formación; cada hora de inasistencia a una
actividad presencial, da lugar a una falla en el registro del docente; el 20% de inasistencia a una
materia tendrá como consecuencia la pérdida de la misma
FRAUDE.
Cuando la falta sea un plagio, suplantación o fraude, además de la sanción correspondiente, al
estudiante se le calificará la prueba académica con nota definitiva de cero puntos cero (0.0), en el
correspondiente semestre académico.
RECLAMOS DE NOTAS artículo 72.
Cuando se presente un reclamo en las notas en una prueba de metodología presencial el estudiante
debe realizar el siguiente procedimiento: hacer el reclamo respetuosamente y verbal ante el profesor
dentro de los siguiente 3 días hábiles a la fecha de publicación de la nota. Si el problema continuo, el
estudiante puede presenta un reclamo escrito al director de programa, 3 días hábiles a la fecha cuando
tuvo respuesta del profesor
PLAZOS artículo 71.
El estudiante dispone de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de cierre de registro de
calificaciones, para solicitar la corrección de sus notas, debe hacerlo por escrito ante el director de
programa, quien autorizara surtir la corrección ante la división de registro académico, en caso de ser
procedente. Una vez las calificaciones sean registradas en el sistema no será objeto de modificación
PUBLICACIÓN artículo 70.
Los estudiantes conocerán su calificación 3 días hábiles siguientes a su presentación
CAPITULO X
PGA artículo 77.
El promedio general acumulado resulta de multiplicar la calificación de cada componente de formación
por los créditos de la misma y dividir la suma de los productos resultantes en el total de créditos
cursados por el estudiante en todos los periodos hasta el momento de su cálculo, teniendo en cuenta
asignatura reprobadas
CAPITULO XI
BAJO RENDIMIENTO artículo 79.
Cuando en un mismo periodo académico repruebo 3 o más materias, la universidad autoriza a
registrar en la siguiente carga académica solo las asignaturas perdidas en el cual el estudiante se
encuentra en situación de bajo rendimiento académico
PERIODO DE PRUEBA artículo 80.
Estando en bajo rendimiento académico si pierde tan solo una de las materias de las materias que
repite, la universidad autoriza su matrícula para el siguiente periodo denominado periodo de prueba
donde solo podrá matricular la signatura perdida
CAPITULO XIV
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UMNG artículo 104.
Son deberes del estudiante:
a. Conocer y cumplir los reglamentos, disposiciones internas de la universidad y de los sitios de
prácticas y demás escenarios en los que ele estudiante desarrolla actividades académicas.
b. Cumplir a cabalidad sus responsabilidades académicas.
c. Asistir puntualmente a las diversas actividades de formación.
d. Realizar los trabajos y presentar las pruebas académicas que le correspondan en las fechas
establecidas para tal efecto en el calendario académico.
e. Preservar, cuidar y mantener en buen estado, el material didáctico, enseres, equipos, dotación e
instalaciones de la Universidad.
f. Participar en las actividades culturales, deportivas y sociales programadas para las cuales haya sido
seleccionado.
g. Guardar respeto por las ideas y opiniones de las personas que pertenezcan o no a la comunidad
académica y respetar el ejercicio que de este derecho hagan los demás miembros de la Universidad.
h. Mostrar adecuada disciplina y buen comportamiento cívico, ético y moral, dentro y fuera de la
Universidad.
i. Mantener en forma adecuada su presentación personal.
j. Guardar lealtad a los principios y espíritu de la Institución.
k. Portar el carné de la Universidad en forma visible dentro de la misma.
l. Acatar las medidas de seguridad establecidas por la Institución.
m. Responder económicamente por los daños causados a los bienes y enseres de la Universidad.
n. Dar testimonio del buen nombre de la Institución mediante sus actitudes y valores
o. Observar el conducto regular en todas las actuaciones de carácter académico y administrativo que
adelante en la Universidad.
p. Evaluar a los profesores, de a cuerdo al procedimiento establecido por la universidad para tal efecto
y por medio de las herramientas suministradas por la misma.