Siglo V y VI a.c: • Nacen las nuevas formas
de prestaciones de servicios por la
insuficiencia en la mano de obra por los
esclavos • Roma experimento un
crecimiento el cual necesito de esclavos
liberados y hombres pobres para “la
renta de prestación de servicios.
Siglo XVIII Y XIX: 1. Revolución francesa: • El
mercado deja de ser un artesano que se dedica al
transporte • El derecho de las corporaciones
artesanas cusumbe el imperialismo • Separación
del productor de los medios de producción • La
organización del trabajo se divide y jerarquiza,
perdiendo los trabajados el control del proceso
productivo que mantenía. 2. El liberalismo y
capitalismo : • Las leyes naturales del mercado
debían regular las relaciones entre los individuos
• Propicio un orden económico y social injusto,
que significo el predominio absoluto de la
posición empresarial frente a la clase
trabajadora: - Bajos salarios - largas jornadas de
trabajo - precarias condiciones de seguridad e
higiene - alta mortandad de mano de obra, en
especial entre las mujeres y los niños 3. Derechos
del trabajador -Regulo el trabajo asalariado
-Ruptura de principios judíos no tradicionales -
Busca un equilibrio entre trabajador y
empresario, protegen a la parte más débi
Siglo XIX y XX 1. EVOLUCIÓN
DEL DERECHO DEL TRABAJO:
La prohibición - Primeros sindicatos como
organizaciones de trabajadores - empezaba a consolidar
su propia legitimidad sobre la base de la soberanía o
monopolización del poder - mantener el orden público
para evitar cualquier interferencia en el
desenvolvimiento de las fuerzas del mercado - El Estado
paso por encima de su propia ideología al reprimir a las
organizaciones colectivas de trabajadores
La tolerancia -La represión sindical cesó y se suprimieron las sanciones
que pesaban sobre los sindicatos - La llamada intervención científica en
las relaciones laborales, la cual se plasmó en la elaboración de informes
elaborados por connotados sociólogos que daban cuenta de los
problemas laborales
El reconocimiento - El Estado empezó a intervenir decididamente en las
relaciones laborales, reconociendo un conjunto de derechos laborales. - la
jornada mínima - Goce del salario - prevención y reacción frente accidentes de
trabajo - se enfocaba al conflicto de intereses entre empleadores y
trabajadores - en Alemania en pleno siglo XX el régimen nazi suprimió los
sindicatos alemanes
2. CONSTITUCIONALIZACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN del derecho laboral
La constitucionalizarían de los derechos laborales: - La constitución de
Querétaro México (1917) y la de Weimar Alemania(1919) son consideradas
como las más pioneras que contemplaron los derechos sociales - los
derechos laborales ocupan un lugar principal en el catálogo de los nuevos
derechos sociales, pudiendo hablarse, de una constitucionalizacion del
Derecho del Trabajo e, incluso, de un Derecho Constitucional del Trabajo.
- La alta valoración de los intereses tutelados por el Derecho del Trabajo -
Intangibilidad por las normas legislativas - Consideración de ciertos
derechos laborales como derechos fundamentales
Internacionalización del Derecho del Trabajo - en 1919, se ha constituido
como el principal órgano productor de la normativa internacional del
trabajo - sus principales órganos son Representantes de los gobiernos
de los Estados - miembros - los representantes de los trabajadores de
cada Estado
1970 crisis del petróleo lo cual genero un gran
cuestionamiento al derecho del trabajador como un
elemento que atentaba contra la economía Sus hechos
contemporáneos fueron, el triunfo neoliberalita,
transformación del trabajo, innovaciones inútiles,
1998 se generó la Declaración de la OIT
relativa a los principios y derechos
fundamentales en el trabajo y su seguimiento