Se desarrolló en el siglo XIII por prácticos italianos que estudiaban
la diferencia entre tentatiba acaba e incabada
Acción inconclusa sin el resultado típico esperado y no
alcanza su pleno desarrollo por tanto, no se produce el
resultado punible.
En el COIP en su artículo
38 define a la tentativa
como una ejecución que
no logra consumirse
Conlleva a
una a dos
tercios de la
pena
El sujeto activo ha dejado atrás la fase de actos preparatorios que no se
desplegaron por varias razones:
*sorprendido por un tercero
*se opuso resistencia
*caso externo (naturaleza, voluntad humana)
El dolo del sujeto activo no varía y
solo existe una diferencia objetiva
en cuanto a los hechos
Distinción entre
actos
preparatorios y
tentativa
Para definir aquello se analizan la
doctrina objetiva
Objetiva
Objetivas en general
Objetivas propias
Teoría formal de Boling: El principio de
ejecución debe ser resuelto por separado
para cada tipo delictivo.
Teoría Mixta: Se considera típico todo
lo que agrede en forma concreta al
objeto de la tutela.
Teoría escépticas: Se entrega la
designación de los límetes del tipo
a la jurisprudencia.
Teorías Objetivas impropias
Teoría pragmática de Carranca: los actos
preparatorios equívocas son enderesadas
a la consumación del resultado típico y,
los unívocos dirigidos a la perpetración
del delito.