La discriminación se ha
convertido en un hecho
permanente desde la
cotidianidad.
Pueden ser etnia,
sexo, edad, origen
nacional,
orientación sexual,
estado de salud.
La Defensoría del Pueblo, DPE, ha
establecido como eje de trabajo
fundamental dentro de la Institución
la lucha contra la discriminación y la
violencia.
La aplicación del principio de igualdad y
no discriminación permite establecer
relaciones de respeto en las cuales se
garantiza a toda persona, comunidad,
pueblo, nacionalidad o colectivo el goce
de las mismas oportunidades.
La exclusión de las personas configura un acto
discriminatorio y genera diversos resultados.
Propios e innatos de las personas que repercuten
de manera ilegítima para que estas reciban un trato
desigual, excluyente, restrictivo o preferencial en el
acceso o ejercicio de sus derechos
La etnia, la edad, el sexo, la identidad de
género, la identidad cultural, entre otros,
son elementos subjetivos
En especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y
adolescentes, personas adultas mayores, personas con
discapacidad y contra toda persona en situación de
desventaja o vulnerabilidad
Hay personas que se refuerzan las relaciones
de desequilibrio y las estructuras injustas y
desiguales en la sociedad.
También hay factores como estado civil, idioma,
religión, ideología, filiación política, pasado
judicial, condición migratoria, estado de salud,
etc
Personas e grupos
que excluyen de
espacios públicos y
privados por sus
características
intrínsecas
Esta exclusión ilegitima
viola la conculcación del
derecho a la igualdad
formal y material en su
dimensión autónoma
Y es un obstáculo para
aquellas personas y grupos
que se encuentran en
situaciones de desventaja y
en consecuencia presentan
mayor vulnerabilidad.
Por ello, incide negativamente en el goce del
derecho a la integridad personal y del derecho a
una vida libre de violencia
Las prácticas o actos discriminatorios
impiden que los derechos se establezcan
para las personas indefensas
Estos factores que se producen en el entorno social y
que muchas veces dan lugar, igualmente de forma
ilegítima, a que una persona sea discriminada.
La Constitución Ecuatoriana reconoce y garantiza el derecho
a la integridad personal y a una vida libre de violencia en los
ámbitos público y privado a través de la adopción de
medidas que prevengan, eliminen y sancionen toda forma de
violencia
La práctica de la discriminación reproduce estructuras
desiguales de poder, de exclusión y de rechazo social a
determinados grupos en razón de su condición o sus
características.
Los titulares de los mismos quienes,
además, ven afectado su proyecto de
vida y menoscabada su dignidad.