NORMATIVIDAD DE LOS PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS
Martin Leonardo Sarmiento Martinez
objeto y campo de
aplicacion de Decreto
1156 y resolucion 00126
Decreto 1156: su objeto es reglamentar el regimen se servicio sanitario para productos
fitoterapeuticos, incorporar nuevos referentes internacionales y simplificar el procedimiento para su
renovacion y modificacion. su aplicacion es para toda persona que realice actividades con productos
fitoterapeuticos y a las autoridades santarias que ejercen funciones de inspeccion y control.
resolución 00126: su objeto es establecer las condiciones basicas que deben cumplirse para el
funcionamiento en tiendas naturistas, normas de seguimiento y control sanitario entre otros. su
aplicacion es a las tiendas naturistas activas y proximas en activarse.
diferencias entre un producto
fitoterapéutico y un medicamento
Los medicamentos son preparados farmacéuticos conforme a las reglas
descritas en las farmacopeas oficiales aceptadas en el país, con el objeto
de prevenir, aliviar, curar, tratar y/o rehabilitar una condición médica.
encambio los fitoterapéuticos son productos medicinales empacados y
etiquetados, cuyas sustancias activas provienen de plantas medicinales o
asociaciones de estas o de extractos, tinturas o aceites, presentado en
estado bruto o en forma farmacéutica que se utiliza con fines
terapéuticos. En su formulación, no pueden contener principios activos
aislados y químicamente definidos.
Revisar los siguientes términos y dar un ejemplo de cada uno: preparaciones
farmacéuticas con base en plantas medicinales, (PFM), producto
fitoterapéutico, producto fitoterapéutico alterado, 2 producto fitoterapéutico
fraudulento, producto fitoterapéutico de uso tradicional, (PFT), producto
fitoterapéutico de uso tradicional importado (PFTI) y registro sanitario.
PFM: Es el producto o preparado fitoterapéutico,
elaborado a partir de material de la planta
medicinal, a la cual se le ha comprobado actividad
terapéutica y seguridad farmacológica y que está
incluido en las normas farmacológicas colombianas
vigentes. Su administración se realiza para
indicaciones o uso terapéutico definido.:
producto fitoterapéutico: CALENDULA :Sirve para
desinflamar, cicatrizar, irritaciones, eczemas
producto fitoterapéutico alterado: es aquel
producto donde cambian por completo sus
compuestos, se encuentra vencida la fecha
de expedicion, entre otros.
producto fitoterapéutico fraudulento: es El
elaborado por laboratorio farmacéutico que no se
encuentre autorizado por la autoridad sanitaria
competente o cambia la normatividad de los
requisitos legales del producto.
PFTI: es aquel producto fitoterapéutico, elaborado a partir de planta medicinal o
asociaciones entre sí, en las formas farmacéuticas aceptadas, cuya eficacia y seguridad,
aun sin haber realizado estudios clínicos, se deduce de la experiencia por su uso
registrado a lo largo del tiempo y q ue en razón de su inocuidad, está destinado para el
alivio de manifestaciones sintomáticas de una enfermedad.
PFT: Es aquel producto fitoterapéutico de fabricación nacional
elaborado a partir de material de planta medicinal o
asociaciones entre sí cultivadas en nuestro país en las formas
farmacéuticas aceptadas cuya eficacia y seguridad
registro sanitario:
¿por que se emitio el
decreto 1156 y la
resolución 00126
Decreto 1156: fue emitido para tener claro los parametros y acciones,
encaminadas a la prevencion, diagnostico y tratamiento de enfermedades
fisicas y mentales. resolucion 00126: se emitio para presentar las normas
sanitarias adecuadas para la comercializacion de medicamentos.
¿Cómo se clasifican los registros sanitarios de los
productos fitoterapéuticos?
se clasifican en tres clases: Preparaciones farmacéuticas con
base en plantas medicinales (PFM). Producto
fitoterapéutico de uso tradicional (PFT). Producto
fitoterapéutico de uso tradicional importado (PFTI)
vigencia y codificación de un registro sanitario otorgado
por el INVIMA para un producto fitoterapéutico
estos productos tienen una vigencia de 10 años y puede ser renovada por
periodod iguales. su codificacion es: PFM con el prefijo año expedicion. PFT
antes del año de exploracion. PFTI antes del año de exploracion.
información que no debe contener la etiqueta ni el empaque de un
producto fitoterapéutico
No podrá contener en su formulación principios activos
aislados y químicamente definidos. no podra contener
datos que induzcan al engaño o a la exageracion. no podra
tener nombres que se presten en confusion con otros
productos. no podra tener datos ni nombres del santoral
de cualquier region o secta religiosa u otro dato que no
lleve relacion directa con el producto.
condiciones requeridas para el expendio y publicidad de los productos fitoterapéuticos
La publicidad de los productos fitoterapéuticos deberá ajustarse a lo establecido
para los medicamentos, según su condición de venta, de acuerdo con la
normatividad expedida por el Ministerio de la Protección Social. No obstante, debe
ajustarse conforme a las condiciones del registro sanitario
procedimiento aplicado para la recepción de productos en una tienda naturista segun la resolución
000126.
a) Revisar el contenido de las etiquetas así: Nombre del producto, fechas de fabricación y
vencimiento, número de lote y registro sanitario cuando así se requiera. b) Para el caso de los
productos que vienen en envases de vidrio a través del cual se pueda observar el contenido del
producto, revisar si no tiene cambio en su apariencia física, conserva su color y no presenta
precipitaciones. c) Los envases se deben examinar cuidadosamente, revisando que no hayan sido
abiertos, que no presenten posibles contaminaciones, alteraciones, daños o cualquier otro aspecto
externo. d) Cualquier irregularidad debe ser comunicada al proveedor o distribuidor o a la entidad
sanitaria que concedió la apertura y funcionamiento del establecimiento en el caso de no
encontrar solución con el proveedor o distribuidor.