La ética no debe ser objeto de reglamentación, sin embargo, la necesidad de tener un código, nace
de la aplicación de las normas generales de conducta en la práctica diaria. Puesto que todos los actos
humanos son regidos por la ética, también las reglas escritas deben ser de aplicación general.
Un Código de Ética, no sólo sirve de guía a la acción moral; también, mediante él, la profesión declara
su intención de cumplir con la sociedad patrocinadora de sus servicios, para servirla con lealtad,
diligencia y de respetarse ella misma.
Artículo 1.- El docente debe mantenerse actualizado
de los avances científicos y tecnológicos de su
materia a lo largo de su vida, para brindar un
servicio de calidad total.
Artículo 2.- El docente debe transmitir sus conocimientos y
experiencia a estudiantes y egresados de su profesión, con
objetividad y en el más alto apego a la verdad del campo de
conocimiento actualizado, del tema que se trate.
Artículo 3.- El docente debe dignificar su profesión mediante el buen
desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento que haga a los
maestros que le transmitieron los conocimientos y experiencia.
Artículo 4.- El docente debe contribuir al desarrollo de su profesión,
mediante la investigación profesional, realizada con apego a normas
metodológicas científicas y docentes.
Artículo 5.- En las investigaciones realizadas, debe
expresar las conclusiones en su exacta magnitud y en
estricto apego a las normas metodológicas acordes con
el tipo de estudio.
Artículo 6.- El docente debe poner en alto el prestigio de su
profesión en todo lugar y momento.