Las fuentes del derecho es aquel procedimiento a través del cual se producen, válidamente, normas jurídicas que adquieren el
rasgo de obligatoriedad propio del derecho y, por lo tanto, la característica de ser impuestas legítimamente a las personas
mediante los instrumentos de coacción del Estado
Los procedimientos mediante se llegó a la creación de la norma jurídica, estas fuentes son las siguientes
PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN EL PERÚ
El sistema legislativo en el Perú
tiene una estructura un poco
compleja, semejante a la de
muchos otros "derechos
nacionales" de esta forma de
organizar el sistema legislativo
jerarquiza en varios niveles las
distintas normas con principios
de supraordinación, en caso de
conflicto en el mandato de dos
normas, cuál debe primar en el
orden jurídico
Corresponden 3 planos legislativos
1. El plano del
gobierno nacional
2. El plano del
gobierno regional
3. El plano de
gobierno local
1. EL PLANO LEGISLATIVO NACIONAL
1. La constitución
2. Las normas
con rango de ley
3. Los tratados
4. Los
reglamentos,
decretos y
resoluciones
2. EL PLANO LEGISLATIVO REGIONAL
3. EL PLANO LEGISLATIVO MUNICIPAL
LA COSTUMBRE
repetición constante y reiterada de un
comportamiento con la evidencia de que
responde a una necesidad jurídica.
LA JURISPUDENCIA
La jurisprudencia es la resolución que los magistrados
judiciales emiten en ejercicios de sus atribuciones
jurisdiccionales, para resolver los conflictos a ellos
sometidos, que se suscitan entre los individuos o entre
éstos y la sociedad. Concluimos que la Jurisprudencia
sería el conjunto de resoluciones de los tribunales.
1. La potestad jurisdiccional
2. La estructura del Poder Judicial:
3. El funcionamiento del Poder Judicial
3.1 Jurisdicción y competencia
3.2 El procedimiento civil
3.3 El procedimiento penal
LA DOCTRINA
proviene de los estudios científicos realizados por los Jurisconsultos.
Es una de las principales Fuentes Materiales del Derecho, el trabajo
de los juristas influye de manera preponderante y decisiva en la
determinación del contenido de las normas jurídicas, no reconoce
nuestra legislación en caso alguno carácter de Fuente Formal a la
Doctrina.
DERECHO ADMINISTRATIVO
Conjunto de principio jurídico que regula la actividad
del estado y la de todas aquellas entidades en
cuanto se proponen la realización de fines de interés
público, servicios públicos y contralor de la
administración pública. Regulado en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela por las
diferentes Contralorías tanto de la Nación, de los
Estados y de los Municipios.
FUENTES MATERIALES
Son los elementos que condicionan y
determinan el contenido de las normas
jurídicas, las transformaciones y necesidades
del grupo social.
FUENTES FORMALES
Es el proceso de creación de las normas jurídicas, son
obligatorias y la coercibilidad la adquieren a través de un
procedimiento formal establecido por la legislación de cada
estado.
UBICACIÓN
INTERNO
Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Financiero, Derecho Tributario,
Derecho Municipal, Derecho de Familia y el Menor, Derecho del Trabajo, Derecho Penal,
Derecho Procesal, Derecho Comunitario (Naciones).
PÚBLICO
EXTERNO
Derecho Internacional Público,
Derecho Comunitario (Estados),
Derecho Ecológico