Toda persona,
como miembro
de la sociedad,
tiene derecho
a la seguridad
social,
ARTICULO #25
Toda persona tiene
derecho a un nivel
de vida adecuado
que le asegure, así
como a su familia,
la salud y el
bienestar, y en
especial la
alimentación, el
vestido, la
vivienda, la
asistencia médica y
los servicios
sociales
ORGANIZACION INTERNACIONAL DE TRABAJO
CONVENIO 102
• Asistencia médica
• Accidentes de
trabajo y
enfermedades
profesionales
• Vejez • Desempleo
• Prestaciones
familiares
• Sobrevivientes
• Invalidez
• Maternidad
• Prestaciones
económicas por
enfermedad
MARCO LEGAL NACIONAL
CONSTITUCION DE LA REPULICA
ARTICULO 142
Toda persona
tiene derecho a
la seguridad de
sus medios
económicos de
subsistencia en
caso de
incapacidad
para trabajar u
obtener trabajo
retribuido
CNBS
LA GACETA18 DE NOVIEMBRE DE 1995
DECRETO NÚMERO 155-95
supervisión y
vigilancia y control de
las instituciones
bancarias,
aseguradoras y
financiera
LEY DE SEGURO SOCIIAL
2 DE JUNIO 2001
DECRETO 80-2001
110 ARTICULOS
LEY MACRO DE SEGURIDAD SOCIAL
Poder Legislativo Decreto No. 56-2015
tiene por objeto crear el
marco legal de las políticas
públicas en materia de
protección social, en el
contexto de los convenios
INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Instituto de Previsión Militar (IPM)
• Fuerzas Armadas
• Policía Nacional
• Bomberos
• colaboradores que
trabajan para dicha
institución.
• Pensión por Retiro
• Pensión y Auxilio
por Discapacidad
• Beneficio de
Separación o
Transferencia de
Valores Actuariales
• Auxilio y Pensión
de Sobrevivencia
• Gastos Funerarios
INJUPEMP
• Los telegrafistas • Los
empleados del poder
legislativo • Poder judicial
• Entidades autónomas
• Jubilación
• Pensión por
incapacidad
• Beneficio por
muerte del
participante
• Beneficio por
separación del
participante
Instituto Hondureño de Seguridad Social
1. Enfermedades y Accidentes comunes
2. Pagos de Subsidio 3. Disposiciones
Comunes al Pago de Subsidio 4. De las
prestaciones al Cónyuge y los Hijos
5. Disposiciones comunes para el
otorgamiento de las prestaciones 6. De la
Maternidad 7. Del pago del Subsidio en
Maternidad 8. De los Riesgos Profesionales
9. Invalidez y Muerte por Enfermedad o
Accidente común y vejez 10. Pensión de
viudez y orfandad
INPREMA
• Los docentes hondureños
• Los docentes hondureños
que presten servicios
técnicoS • Los docentes
originarios de otros países
• Los docentes que gocen de
licencia sin sueldo • Los
docentes que gocen de
licencia de conformidad
• El Seguro de Vida
• La Pensión por
Invalidez • Beneficio
de Separación • La
Jubilación