Conjunto de bienes derechos y
Obligaciones que al morir deja
el causante para su transición
a la persona o personas que
lían sucederle, ya sea a título
universal o de herederos o
bien a título singular de
legatarios.
parte del derecho civil que
regula la liquidación del
Patrimonio del difunto, y la
Transmisión de sus bienes
y Derechos, que no se
extinguen con su muerte, a
sus sucesores o herederos.
ELEMENTOS DE LA SUCESIÓN
Muerto: persona que
pierde la vida, cuando
se presentan la muerte
encefálica o paro
cardiaco irreversible.
Acervo hereditario:
Patrimonio de la persona
que pierde la vida, son los
bienes del testador o
decujus que se transmiten
desde el momento en que
muere.
Sucesores: Personas que reciben el
acervo hereditario, Respecto a
estos pueden presentarse en dos
maneras
Titulo universal: Recibe
todo el acervo o parte
sin especificar los bienes
que se le designan
Titulo particular Legatario
que adquiere determinados
bienes o derechos que el
testador especifica.
CARACTERÍSTICAS
Participa de las caracteristicas del Derecho Real y obligacional
Constituye un modo derivado de adquirir la propiedad
Es un modo de adquirir a título
gratuito
Se trata de una sucesión
mortis causa
Se da en los bienes del
difunto y no en la persona
TIPOS DE SUCESIÓN
Sucesión testamentaria: En el testamento
dispone de todos los bienes.
Sucesión legítima: Cuando no hay testamento.
Sucesión mixta: Libre testamentificación con una parte legítima.