Cuando no se cumplen
los requitos
copulativos para ser
hecho gravado
básico de ventas
1.- Convención que
transfiera el dominio o
una cuota de dominio
o derechos reales.
2.- Convención sobre bienes
corporales muebles o
inmuebles construidos a
excepción de los terrenos.
3.- Que sea de titulo
oneroso.
4.- Bienes ubicados en el
territorio nacional.
5.- Habitualidad
Se debe recurrir al Art 8
DL 825, a fin de si el
hecho puede ser gravado
a IVA
IMPORTACIONES
Es la introducción legal de
mercaderías extranjeras en el país; ya
sea para su uso o consumo
Es aplicado a todos, no es
necesario ser vendedor o
prestador de servicios.
Pueden ser
habituales o
esporádicas
Bienes
corporales
muebles
No importa su destinación (para
uso, venta o consumo)
El impuesto se devengará
al momento de
consumarse la
importación
Existen excepciones
Cuando los productos están
temporalmente en Chile
Zonas francas
Depósito aduanero
Almacenes particulares
APORTES A SOCIEDADES
Aporte o transferencia de dominio o de
una parte de este a fin de CONSTITUIR,
AMPLIA O MODIFICAR una sociedad
Son en bienes corporales muebles o
inmuebles del giro del aportante
El aportante debe ser VENDEDOR
Para casos de
transformación de una
empresa individual en
sociedad
ADJUDICACIONES
Adjudicación por
liquidación (fin) de
una sociedad o
comunidad
Bienes corporales
muebles e
inmuebles
construidos
Estos deben
ser propios
del giro
RETIROS EFECTUADOS POR
VENDEDOR O DUEÑO
Efectuados por empresario,
socios, directores o empleados
Son bienes corporales
muebles del giro
son de uso o consumo
persona de tales personas
También se consideran los faltantes de inventarios
No dan derecho a crédito fiscal
RETIROS DESTINADOS A RIFAS Y SORTEOS
Retiro de bienes corporales muebles o inmuebles
Pueden ser o no del giro
Destinados a rifas y sorteos
Fines promocionales o de propaganda
Es realizado por vendedores
No es necesaria la habitualidad
ENTREGAS O DISTRIBUCIONES GRATUITAS
Entrega gratuita de bienes
Con fines de
promoción o
propaganda
Sean o no del giro
No son con fines
benéficos
CONTRATOS DE INSTALACIÓN O
CONFECCIÓN DE ESPECIALIDADES
consiste en la incorporación de elementos que se
adhieren de fora permanente al inmueble y son
necesarios para que cumpla la función especifica por la
cual se construye
Son a la suma alzada; es decir que se entrega un
trabajo terminado, (materia prima e instalación)
Ascensores, aire acondicionado,
sistemas de calefancción
CONTRATOS GENERALES DE
CONSTRUCCIÓN
Contrato que tiene por objeto la confección de una obra metrial
inmueble nueva que comprenda a lo menos dos especialidades,
ya sean efectuadas por si mismo o por intermediarios
Suma alzada; es un hecho
gravado especial
VENTA DE ESTABLECIMIENTOS DE
COMERCIO Y OTRAS UNIVERSALIDADES
Requisitos
Es el valor de los bienes corporales
muebles e inmuebles que son propios
del giro del establecimiento o
universalidad que se vende
Debe tener la calidad de vendedor
Se exceptúan los bienes del activo inmovilizado
PROMESA DE VENTA DE BIENES
CORPORALES INMUEBLES
Promesa de ventas y leasing de bienes
inmuebles de propiedad de una empresa
constructora total o parcialmente por ella
CONTRATOS DE ARRIENDO
CON OPCIÓN DE COMPRA
Contratos de arriendo con
opción de compra
celebrados por
constructoras
VENTA BIENES ACTIVO FIJO
Bienes corporales muebles o inmuebles que
están incorporados en el activo fijo
De servicios
Cuando un hecho gravado no cumple con
todos los requisitos para ser considerado un
hecho gravado básico de servicios
1.- Que una persona
realice una acción o
prestación en favor
de otra
2.- Que por aquella prestación la
persona reciba un interés, prima,
comisión o remuneración
3.- Que la acción este dentro
alguna de las actividades del
art 20° 3 y 4 LIR
4.- Que dicho servicio sea
realizado o utilizado en
territorio nacional
Es por ello que cuando no se
cumpla algún requisito se debe
revisar el Art 8 DL825
ARRENDAMIENTO DE
CIERTOS BIENES
CORPORALES MUEBLES E
INMUNEBLES
Arrendamiento, subarrendamiento,
usufructo o cualquier otra forma de
cesión temporal de uso y goce
Bienes corporales muebles
Vehículos
Maquinas
Animales
Inmuebles amoblados
Se considera todo
aquel inmueble que
posea el mobiliario
mínimo para que
sea habitado
IVA solo cuando la renta sea mayor
al 11% del avalúo fiscal al año o en
proporción que corresponda
EJEMPLO: arriendo de cabañas amobladas
Inmuebles con instalaciones o
maquinarias para llevar a
cabo una actividad
NO AGRÍCOLAS
Posea instalaciones o
maquinarias que
permitan llevar a cabo
una act. comercial o
industrial
tales como; cines, hoteles
AGRÍCOLAS
Cuando dentro del predio en una
parte se realiza una actividad ind.
anexa o complementaria
planta procesadora
IVA cuando el arriendo exceda
del 11% del avalúo fiscal
Todo tipo de
establecimientos de
comercio
Mall
ARRENDAMIENTO DE MARCAS,
PATENTES Y OTRAS
PRESTACIONES SIMILARES
Arriendo, subarriendo o
cualquier forma de cesión
temporal del uso y goce
Es para bienes incorporales
Propiedad
intelectual
Propiedad
industrial
Exenciones
En caso de los bienes
incorporales, sean
arrendados o cedidos a
personas son residencia o
domicilio y que sean usadas
solo en el extranjero
Cuando de deba pagar sobre las sumas
pagadas el imp. adicional (Art 59 LIR)
para personas sin domicilio ni residencia
ESTACIONAMIENTOS DE VEHICULOS
Para terrenos sin
construcción o que
sean ligeras
Edificios, destinados
para tal efecto
IVA se aplica para todos los
valores que sean pagados por
concepto de estacionamiento
PRIMAS DE SEGUROS DE LA SEGUROS DE
LAS COOPERATIVAS DE SEGUROS
SERVICIOS DIGITALES
Los siguientes servicios remunerados
por prestadores domiciliados o
residentes en el extranjero
Contenido de entretenimiento digital,
sea por medio de descarga, streaming
u otra tecnologia
Videos, música, juegos, libros, revistas, etc
Software, almacenamiento, plataformas
o infraestructura informatica
Nubes
Publicidad
Sin importar del soporte o
medios por el cual sea entregada
Publicidad en redes sociales
Intermediación de servicios prestados o de ventas
realizadas en Chile o en el exterior, siempre y cuando
estas ultimas den origen a una IMPORTACIÓN
Entiendasé como hecho gravado de
impuesto, al acto jurídico que permite el
nacimiento de una obligación tributaria