Se tramitarán por el procedimiento ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan previsto un
trámite especial para su sustanciación, tales como la Inscripción tardía, Impugnación de la
paternidad, Nulidad de sentencia, Declaratoria de unión de hecho, Daño moral, Prescripción
Extraordinaria Adquisitiva de Dominio y las demás acciones que no tengan un trámite especial.
ART. 289 AL ART. 325 COGEP
Inicia como todo procedimiento con la presentacion de la Demanda. Art. 141 COGEP
L a demanda presnetada debe ser calificada por el juez (5 días para calificar) art. 146
y 291 COGEP
Citación
La o el demandado tendra 30 días para presentar su contestación a la
demanda. Este término se contará desde que se practicó la última
citación. Art. 291 COGEP
Si al contestarla, se reconviene al actor, la o el juzgador en los tres días siguientes
notificará y concederá a la o al actor el término de treinta días para contestarla
Reconvención art. 154 y 155. COGEP
Con la contestación o sin ella, en el término de tres días posteriores al
vencimiento de los términos previstos en el artículo 291 COGEP, la o el
juzgador convocará a la audiencia preliminar, la que deberá realizarse en un
término no menor a 10 ni mayor a 20 días. Art. 294 COGEP
La audiencia preliminar tendra por obejeto el saneamiento procesal,
anuncio de prueba, resolucion de excepciones y señalamiento de la
audiencia de juicio.
La audiencia de juicio se realizará en el término máximo de 30 días contados a partir de la
culminación de la audiencia preliminar. Art. 297 COGEP
La audiencia de juicio tendrá por objeto la evacuación de pruebas,
alegatos y la emisión de la resolución oral y motivida del juez.
El juez tiene 10 días para notificar la sentencia escrita. Art 93
COGEP
De la sentencia cabe recurso de Apelación y los demas que la
ley prevé
Contestación a la Demanda. art. 151 COGEP
En la contestación se podra proponer excepciones
(art. 153), y anunciar las pruebas (art. 152) COGEP
En persona (art. 54), por boletas (art. 55), por la
prensea (art. 56), por exhorto (art. 57) COGEP