FUE PROFESOR, JURISTA, ABOGADO, FILÓSOFO DEL DERECHO Y
MILITANTE UNIVERSITARIO REFORMISTA
CREÓ LA TEORÍA EGOLÓGICA DEL DERECHO EN EL AÑO 1944
¿A QUÉ SE DEBE SU NOMBRE?
"EGOLOGÍA SIGNIFICA LA
EGOLIZACIÓN DEL SER JURÍDICO
EL EGO DEL QUE HABLA ES EL EGO
TRASCENDENTAL DE LA ACCIÓN
"YO ACTÚO" DE TODA ACCIÓN EN VEZ DE
"YO PIENSO" DE TODO EL JUICIO
DIMENSIONES
1. ONTOLOGÍA
INDAGACIÓN ACERCA DEL
SER DEL DERECHO
2. LÓGICA JURÍDICA
FORMAL
EL CARÁCTER LÓGICO - FORMAL DEL
DEBER COMO CONJUNCIÓN O CÓPULA
3. LÓGICA JURÍDICA
TRASCENDENTAL
ESTUDIA EL PENSAMIENTO DEL JURISTA EN
TANTO QUE CONOCIMIENTO
ESTABLECE UNA RELACIÓN COGNOSCITIVA ENTRE EL
CONCEPTO Y EL OBJETO
ENTRE LA NORMA COMO CONCEPTUALIZACIÓN DE LA CONDUCTA
HUMANA Y LA CONDUCTA HUMANA
4. AXIOLOGÍA
ESTUDIA LOS VALORES JURÍDICOS EN LA
CREACIÓN Y APLICACIÓN DE NORMAS JURÍDICAS
GNOSEOLOGÍA DEL ERROR
INVESTIGA EL ROL DEL ERROR TEÓRICO EN EL DERECHO
VIDEO EXPLICATIVO
"Cuando la Teoría Egológica dice que la conducta humana es el sustrato del Derecho, dice que la
conducta es el derecho en tanto que es el objeto cuyo conocimiento formula el jurista al
comprenderla en su sentido. - Cossio, Carlos. Panorama de la Teoría Egológica del Derecho.
Publicación nro 1.
"La Teoría Egológica le hace ver al juez que cuando dicta su sentencia, no es neutral porque de hecho no puede
serlo. Le hace ver también que no puede ser indiferente porque está viviendo una preferencia. Esta teoría le
desocupa al juez la naturaleza ineludible de su compromiso vital, en la forma que esto no se refuta: haciéndole
temático lo que él vive en sus sentencias, lo empuja a definir su destino en lo que le tocare hacer, es decir, que lo
llama a vivir con autenticidad. - Cossio, Carlos. "La Teoría Egológica: su problema y sus problemas". Revista La Ley
ART. 19 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL EXPRESA
EL AXIOMA ONTOLÓGICO DE LA LIBERTAD
(CENTAL A SU TEORÍA)
"LAS ACCIONES PRIVADAS DE LOS HOMBRES QUE DE NINGÚN
MODO OFENDAN AL ORDEN Y A LA MORAL PÚBLICA, NI
PERJUDIQUEN A UN TERCERO, ESTÁN SÓLO RESERVADAS A DIOS, Y
EXCENTAS DE LA AUTORIDAD DE LOS MAGISTRADOS".
MURIÓ EN BEUNOS AIRES
EN EL AÑO 1987
OBJETO DE DERECHO
CONDUCTA HUMANA EN INTERFERENCIA SUBJETIVA
TIPO DE JUICIO LÓGICO DE LA NORMA
JUICIO DISYUNTIVO
DADO A, DEBE SER P, O DADO NO-P, DEBE SER S
PARA ÉL EL DERECHO ES LA CONDUCTA
PARA SANTO TOMÁS DE AQUINO ES LA JUSTICIA
PARA KELSEN ES LA LEY
PARA STAMMLER SON LAS
MANIFESTACIONES DE LA VOLUNTAD
HUMANA
EL MÉTODO EMPÍRICO DIALÉCTICO PARA CONOCER E
INTERPRETAR EL DERECHO, TOMA EN CONSIDERACIÓN LA
ESPECIAL NATURALEZA DEL OBJETO DEL DERECHO Y
CONSTITUYE EL REMATE QUE CIERRA EL CIRCUITO DE
CONCEPCIÓN REALISTA QUE SE HALLA EN LA ABSE DE SU
PENSAMIENTO.
VALORES JURÍDICOS
ORDEN, SEGURIDAD, PODER,
PAZ, COOPERACIÓN Y
SOLIDARIDAD
SE CONFORMAN EN UN PLEXO AXIOLÓGICO
DISTRIBUYÉNDOSE EN 3 PARES DE
VALORES BILATERALES
ORDEN Y SEGURIDAD
(V. DEL MUNDO)
PODER Y PAZ (V.
DE EXISTENCIA)
COOPERACIÓN Y
SOLIDARIDAD (V. DE
COEXISTENCIA)
JUSTICIA
ARMONIZA Y TOTALIZA LOS VALORES
DEFINÍA AL DERECHO COMO "CONDUCTAS EN INTERFERENCIAS SUBJETIVAS"
CONCEPTO MULTIDIMENSIONAL PORQUE
ABACA LA MAYOR CANTIDAD DE
DIMENSIONES POSIBLES
"El Derecho no está en la norma, sino en la conducta. Por eso el
derecho es la vida humana viviente. No se interpreta la norma, sino
la conducta, es una hermenéutica existencial" - Carlos Cossio.