Reemplaza procesos públicos de
escrutinio con veeduría y posibilidad de
impugnación ciudadana del CPCCS
i. Nominación: Los mismos órganos que actualmente
nominan: Presidente de la CNJ; Fiscal General; Defensor
Público; Función Ejecutiva y AN
ii. Selección: Asambleístas Nacionales designan a una comisión técnica de selección de 5
miembros: 1 delegado de la Función de TCS; 1 Asambleísta Nacional; y, 3 por parte de
Universidades. Se encargará de dictar normas de selección (abre la posibilidad de que la
comisión decida cada aspecto de la selección a su arbitrio) Elaborará informe vinculante de
candidatos admitidos titulares y suplentes.
iii. Designación y posesión: Pleno de la AN 60 días
para designar a titulares y suplentes con el voto de
mayoría absoluta. Los elegidos durarán 6 años en funciones
iv. Plazos: en el caso de que el Pleno de la AN no designe dentro de los 60
días desde la recepción de las ternas, se entienden designados y
posesionados en el orden fijado por la comisión