Las personas de nacionalidad mexicana que tengan título de contador público registrado ante la
Secretaría de Educación Pública y que sean miembros de un colegio profesional reconocido por la misma
Secretaria, cuando menos en los tres años previos a la presentación de la solicitud de registro
correspondiente.
Las personas extranjeras con derecho a dictaminar conforme a los tratados internacionales de que
México sea parte
Las personas que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos
del artículo 32-D del CFF, para lo cual deberán exhibir documento vigente expedido por el Servicio
de Administración Tributaria, en el que se emita la opinión del cumplimiento de
obligaciones fiscales.
Reglamneto del código fiscal de la federación
Artículo 52
El contador público deberá solicitar su inscripción ante el SAT
Estar inscrito en el registro lederal de contribuyentes
Encontrarse en el registro federal de contribuyentes con el estatus de localizado en su domicilio fiscal
y no haber presentado el aviso de suspensión de actividades previsto en el articulo 29,
fracción V del ROFF
Contar con certificado de firma electrónica avanzada vigente, expedido por el SAT o por un prestador
de servicios de certificación autorizado en los términos del CFF
Contar con cédula profesional de contador público o equivalente emitida por la Secretaría de
Educación Pública
Tener constancia expedida con no más de dos meses de anticipación, emitida por colegio profesional o
asociación de contadores públicos que tengan reconocimiento ante la Secretaría de Educación Pública o ante
autoridad educativa estatal que lo acredite como miembro activo de los mismos, con una antigüedad mínima,
con esa calidad, de tres años previos a la presentación de la solicitud de inscripción a que se refiere este artículo
Contar con la certificación vigente
Contar con experiencia mínima de tres años en la elaboración de dictamenes fiscales
Manifestar, bajo protesta de decir verdad, que no ha participado en la comisión de un delito
de carácter fiscal
Requisitos del auditor para emitir uns opinión fiscal
Resolución miscelánea fiscal
El contador debe cumplir
Contar con la inscripción o renovación de su registro antes de la presentación de dichos dictamenes, de
conformidad con las disposiciones del Reglamento del CFF vigente
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. en teminos del articulo 32-D del
mismo ordenamiento