ley 1523/2012 Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones
conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas,
procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, así como la
información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para
garantizar la gestión del riesgo en el país
Principios
Generales
Igualdad
Protección
Solidadridad
Precaución
autoconservación
participativo
diversidad
cultural
Definiciones
Amenaza
Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o
causado, o inducido por la acción humana de manera accidental
Cambio Climático
Importante variación estadística en el estado medio del clima o
en su variabilidad, que persiste durante un período prolongado
Desastre
Es el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o
varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales
Vulnerabilidad
Susceptibilidad o fragilidad física, económica, social, ambiental o
institucional que tiene una comunidad de ser afectada
Mitigación del riesgo
Medidas de intervención prescriptiva o correctiva dirigidas a reducir o disminuir los
daños y pérdidas que se puedan presentar a través de reglamentos de seguridad
Capitulo ll
Integrantes del Sistema Nacional
Entidades Públicas
Entidades Privadas
La Comunidad
Instancias de Dirección
del Sistema Nacional
El Gobernador
El Director de la Unidad Nacional para la
Gestión del Riesgo de Desastre
Presidente de la República
El Alcalde distrital o municipal
Instancias de Orientación y
Coordinación.
Consejo Nacional para la
Gestión del Riesgo
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de
Desastres
Comité Nacional para el
Conocimiento del Riesgo
Comité Nacional para la
Reducción del Riesgo
Comité Nacional para el Manejo
de Desastres
Capitulo lll
Planes de Gestión
del Riesgo
Los tres niveles de gobierno
formularán e implementarán
planes de gestión del riesgo
para priorizar, programar y
ejecutar acciones
Elaboración y
evaluación del plan
La Unidad Nacional para la Gestión del
Riesgo de Desastres, es la instancia
encargada de elaborar el plan nacional de
gestión del riesgo con los insumos
provenientes de los tres comités nacionales
de gestión del riesgo y de los consejos
territoriales.
Estrategia Nacional para la
Respuesta a Emergencias
Todos los aspectos que deben activarse por
las entidades en forma individual y colectiva
con el propósito de ejecutar la respuesta a
emergencias de manera oportuna y efectiva.
Incorporación de la gestión del
riesgo en la inversión pública
deberán incorporar en sus respectivos planes de
desarrollo y de ordenamiento territorial las
consideraciones sobre desarrollo seguro y
sostenible derivadas de la gestión del riesgo
El Control en la Gestión
del Riesgo de Desastres
se ejercerán procesos de monitoreo, evaluación y
control en la gestión de riesgo de desastre,
empleando para tales fines los medios establecidos
por la ley, y la sociedad a través de los mecanismos
de veeduría ciudadana
Capitulo lV
Sistema Nacional de
Información para la Gestión
del Riesgo de Desastres
riesgo de desastres, el cual debe mantenerse
actualizado y funcional mediante la
integración de contenidos de todas las
entidades nacionales y territoriales
Sistemas de Información en los Niveles
Regionales, Departamentales, Distritales y
Municipales.
crearán sistemas de información para la gestión
del riesgo de desastres en el ámbito de su
jurisdicción en armonía con el sistema nacional,
garantizando la interoperabilidad con el sistema
nacional y la observación de estándares establecidos por
la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de
Desastres.