SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

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Principios de acción del estado para trabajar la salud sexual y reproductiva.
Luis Francisco Rodriguez Barreto
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Luis Francisco Rodriguez Barreto
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SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
  1. PRINCIPIOS
    1. La sexualidad como condición humana
      1. Sexualidad: Universo simbólico construido sobre una realidad biológica. El sexo. Es una mezcla de estructuras fisiológicas, conductas, experiencias, sentimentalizaciones, interpretaciones, formas sociales, juegos de poder.
        1. Comprende la actividad sexual, las identidades de género, la orientación sexual, el erotismo, el placer, la intimidad y la reproducción.
          1. El estado debe procurar las condiciones para el disfrute sexual y el ejercicio de los derechos reproductivos.
          2. Igualdad y equidad
            1. Igualdad: Es la aceptación de la condición diversa del ser humano que procura la igualdad.
              1. Equidad: Contempla diferentes aspectos de las relaciones humanas en lo referente a las relaciones intergenéricas (equidad de género), las relaciones económicas y sociales, de igual manera se hace alusión a la equidad social y política.
                1. El estado debe procurar a través de políticas públicas el mejoramiento de la salud de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
                2. Diversidad y no discriminación
                  1. Las personas tienen derechos de igualdad y libertad para asumir su propia identidad no debe haber discriminación por condición de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, cultura y otros, lo que implica que la violencia no debe ser aceptada. Los derechos tanto sexuales como reproductivos están ligados a los derechos de intimidad y de respeto a la confidencialidad, esto significa que la Ley Estatutaria debe garantizar la confidencialidad de la información en cuanto al acceso a los servicios de salud, las condiciones de salud y enfermedad de la persona.
                  2. Diferenciación entre sexualidad y reproducción
                    1. Los derechos sexuales son muy aparte de los derechos reproductivos. Las opciones de reproducción son diversas y estas opciones que son reconocidas como prácticas de la sexualidad deben cumplir con mínimos éticos dentro del marco del respeto y del cuidado de si y también deben contemplar el cuidado y respeto por el otro.
                    2. Libertad sexual y libertad reproductiva
                      1. La libertad sexual y la libertad reproductiva se hacen realidad a través de las decisiones personales como expresión de la libertad individual y ciudadana. La salud sexual y la salud reproductiva implican la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y la libertad para decidir procrear o no hacerlo.
                      2. Vinculación entre los derechos sexuales y los derechos reproductivos y el marco normativo
                        1. Se constituye una condición violatoria actos sexuales de personas mayores con niños y niñas de igual manera el encuentro sexual de personas con plenas facultades que acceden a otras con algún tipo de discapacidad mental o intelectual, de esta forma el derecho a la vivencia de la sexualidad de las personas con discapacidad debe ser protegido a través de un proceso educativo que los prepare para encuentros con personas en su misma condición.
                        2. Reconocimiento de las acciones para la garantía de los derechos
                          1. Se debe procurar la promoción respeto, protección, exigibilidad y reivindicación de los derechos sexuales y los derechos reproductivos.
                          2. Responsabilidad en los ámbitos de la sexualidad y la reproducción
                            1. La libertad para ejercer los derechos trae consigo responsabilidades tanto individuales como sociales las cuales deben ser entendidas por las personas e instituciones a través de procesos de formación y garantía de las libertades. Dichas corresponsabilidades deben ser por parte del Estado, las familias y la sociedad.
                            2. Integralidad y no fragmentación para la garantía de los derechos sexuales y los derechos reproductivos
                              1. Los derechos sexuales y reproductivos están caracterizados por la universalidad, interrelacionabilidad, interdependencia e indivisibilidad y deben considerar la integridad de las personas. Los servicios respecto a estos derechos deben estar organizados y a su vez deben ser prestados de forma integral a las personas por medio de rutas y modelos de atención.
                              2. Armonización
                                1. Esta política está en concordancia con otros planes, programas y normas con los que cuenta el país relacionados con el tema de sexualidad, los derechos sexuales y reproductivos.
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