Created by Emili0 Sanchez Guirado
about 6 years ago
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La muerte de Franco y la transicion democratica Los padres de la Constitucion Estructura de la Constitucion Analisis de uno de los titulos Valores fundamentales y simbolos de la Constitucion Derechos en la Contitucion
Franco fue un militar y dictador español ,integrante de los altos grupos militares y fue el que dio el golpe de estado en 1936 contra el gobierno democratico de la segunda republica ,dando lugar a la segunda guerra mundial. Nacio el 4 de diciembre de 1892 y murio el 20 de noviembre de 1975.
es el período de la historia contemporania de España en el que se llevó a cabo el proceso por el que el pais dejó atrás regimen el regimendictatorial del general Francisco Franco y pasó a regirse por una Constitucion que restauraba la España democratica. Dicha fase constituye la primera etapa del reinado de Juan Carlos I Existe cierto consenso en situar el inicio de la transición en la muerte del general Franco, el 20 de noviembre de 1975, tras la cual el denominado consejo de Regencia asumió, de forma transitoria, las funciones de la jefatura del Estado hasta el 22 de noviembre
Título I. De los derechos y deberes fundamentales •Título II. De la corona •Título III. De las cortes generales •Título IV. Del gobierno y la administracion •Título V. De las relaciones del gobierno y las cortes generales •Título VI. Del poder general •Título VII. Economia y hacienda •Título VIII. De la organizacion del estado •Título IX. Del tribunal constitucional •Título X. De la reforma constitucional
También se establecen los principios de la política social y económica. Se trata de un programa para desarrollar en el futuro y crear una sociedad del bienestar. Son aspiraciones más o menos difíciles de cumplir y sólo exigibles según se desarrollen las leyes. Se trata de derechos potenciales, afectados por los presupuestos del Estado. Todos ellos son garantizados por el Estado. Se determina: la protección de la familia y la infancia , la ordenación del territorio para la distribución de la renta, la consecución del pleno empleo, la formación profesional, la limitación de la jornada laboral y el derecho al descanso , la Seguridad Social y la protección de la salud , la asistencia en el extranjero , el fomento del deporte y el ocio , el acceso a la cultura y la promoción de la ciencia y la investigación , el disfrute del medio ambiente y una adecuada calidad de vida , la conservación del patrimonio , el derecho a vivienda , la promoción de la participación de la juventud en la vida social , la atención a los disminuidos , el derecho a recibir una pensión adecuada en la tercera edad , la defensa de los consumidores y el derecho a crear «organizaciones profesionales para la defensa de los intereses económicos que les sean propios
Legalidad. El poder legislativo esta vinculado a la Constitución y debe respetar los límites establecidos en ella, su incumplimiento supone poder declarar una ley como inconstitucional. Jerarquía normativa. El ordenamiento juridico es un todo estructurado, la Constitución es la base del ordenamiento y las demás normas son su desarrollo. Competencia. División de poderes. Recogido por el art. 66 de la Constitución, declara que las Cortes Generales tienen la potestad legislativa y controlan la acción del gobierno. Esta teoría tiene un verdadero sentido jurídico-político Publicidad de las normas y leyes.Principio básico de todo estado de derecho, es la base de la seguridad juridica. Para que una norma tenga valor jurídico y garantiza su validez, tiene que ser pública en el boletin oficial correspondiente, para que todos los ciudadanos tengan acceso al ordenamiento jurídico Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables. Y la retroactividad de las normas favorables. Las normas no pueden regular actuaciones anteriores a su publicación a no ser que sean más favorables al individuo que la ley que regía en el momento en que se realizó la actuación Seguridad jurídica. Los jueces tienen control total de la actividad administrativa, las normas y actos de la administración, siempre a posterior, a través de los Tribunales Contenciosos Administrativos.
·La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social ·Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España ·La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley ·Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad ·El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. ·Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años. ·Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley. ·Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales. ·La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo
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