Permite reconocer la existencia documentos que señalan nuestros derechos como seres humanos, de forma general y particular.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
Promulgada en 1959
Aprobado en 1948
Se aprobó 1989
Como parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Todos los seres humanos somos iguales y tenemos los mismos derechos
Consagra nuestros derechos como el respeto a nuestra integridad personal, a nuestra libertad de pensamiento, conciencia, religión y política.
En la cual se reconoce los derechos a los niños, niñas y adolescentes y aceptamos que, debido a sus características particulares, enfrentan una condición de vulnerabilidad.
Establece 10 principios básicos que reconocen los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los niños y niñas.
Igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.
Derecho a protección especial para el desarrollo físico, mental y social.
Promueve una visión integral de las personas y también de sus derechos.
Considera que:
Establece:
El interés superior del niño: promueve que los derechos de los niños, niñas y adolescentes prevalezcan sobre los demás derechos.
Aprobado en el 2003 y determina que el niño, niña o adolescente es sujeto de derecho y de derechos
Debido a los principios del interés superior del niño y de la protección
especial, el niño, niña o adolescente debe ser protegido integralmente
a través de acciones tomadas por el Estado, la sociedad y la familia
POLICÍA COMUNITARIA EN LA ATENCIÓN DE GRUPOS VULNERABLES
POLICIA GARANTIZA DERECHOS:
Atención en salud, trabajo, jubilación, ciertas rebajas en servicios públicos de transporte condiciones adecuadas que satisfagan sus necesidades.
MUJERES EMBARAZADAS
NIÑOS(AS) Y ADOLESCENTES:
La Constitución establece el interés por su desarrollo integral, su integridad
en todos los ámbitos y la adopción de medidas de protección y seguridad
PERSONAS CON CAPACIDAD
Atención especializada, la rehabilitación, el trabajo y el acceso a servicios públicos.
PERSONAS DE TERCERA EDAD:
Atención en salud durante y después del parto, así como a no ser discriminadas por estar en dicho estado.